El alcance de esta norma es general.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: VIGENTE
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 23 de Abril de 2021.-
El requerimiento formulado por los referentes del servicio público de taxis de nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que un grupo representativo, de propietarios y choferes de taxis han solicitado la designación de un nuevo espacio público a fin de destinarlo al desarrollo de sus actividades;
Que en el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal Nº 112/17.C.D., donde dice “Artículo 77°” se establece la existencia de diez (10) paradas municipales enumeradas desde el inc. a), al inc. j);
Que resulta conveniente y razonable incorporar a las existentes una nueva parada en el Espacio Verde ubicado en las calles Sarmiento y Valle Encantado, identificado en el Plano Catastral 562-74 como 481-1;
Que dicho espacio será identificado con el nombre de “Plaza de los Taxistas”, en reconocimiento de la labor permanente que realizan los prestatarios de servicios públicos;
Que por lo expuesto, resulta necesario proceder a la modificación de la Ordenanza Municipal Nº 112/17 C.D., a fin de favorecer la prestación del servicio de Taxi o Radio Taxi en nuestra ciudad;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 23-04-2021, según consta en Acta Nº 1381 se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: DESÍGNASE con el nombre “Plaza de los Taxistas” al Espacio Verde ubicado en las calles Sarmiento y Valle Encantado, identificado en el Plano Catastral Nº 562-74 como 481-1.
Artículo 2°: AGRÉGUESE al Artículo 1° de la Ordenanza Municipal Nº 112/17.C.D, donde dice “Artículo 77°” el inc. k), el cual quedará redactado de la siguiente manera: “PARADA MUNICIPAL Nº 11: Espacio Verde ubicado en las calles Sarmiento y Valle Encantado, identificado en el Plano Catastral 562-74 como 481-1, con una longitud de veinte (20) metros, que será demarcado por el Poder Ejecutivo Municipal.
Artículo 3°: ENCOMIÉNDASE al Poder Ejecutivo Municipal la incorporación de la cartelería, así como las tareas de demarcación necesaria para la identificación del espacio.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010/2021.C.D.-
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