El alcance de esta norma es general.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: VIGENTE
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 22 de Marzo de 2.018.
VISTO:
La figura del señor Genaro Fernández, y
CONSIDERANDO:
Que era ciudadano español por nacimiento, pero Argentino y Allense por elección;
Que el señor Genaro Fernández es parte de nuestra historia, que no sabía de diferencias ideológicas y mezquindades políticas, sino que tenía la certeza, que Allen somos todos y cada uno de los que lo habitamos; orgulloso de ser allense y orgullo nuestro de haberlo contado como vecino;
Que aquí se instaló y formó su familia, defendiendo y apuntalando su ciudad cuando lo necesitaba, siendo además uno de los fundadores del Centro Español, al cual también presidió durante varios años;
Que no hubo acto patriótico que no contara con su presencia, inclusive cuando se encontraba ya muy enfermo;
Que a mediados del año 2.017, falleció, dejando un halo de tristeza en todo el pueblo, pero los mejores recuerdos, sobre todo con los que compartía su cafecito diario;
Que en la actual calle La Pampa habitó gran parte de su vida, por lo que es menester imponer su nombre en dicha arteria, que pasará a llamarse Genaro Fernández;
Que es un acto de justicia reconocerle a este vecino todo lo que nos dio y honrarlo de alguna manera, para que quede en la memoria de quienes lo conocimos y en la historia de quienes no lo podrán conocer;
Que dicha calle, continuará siendo peatonal en el horario de 6:45 hs. a 19:00 hs, según lo establecido en Ordenanza Municipal N° 050/17 C.D.;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 22-03-18, según consta en Acta Nº 1258, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: DÉJESE sin efecto la imposición del nombre La Pampa, a la calle ubicada entre calles Dr. Velasco y Don Bosco.
Artículo 2º: IMPÓNGASE el nombre de Genaro Fernández a la calle ubicada entre las calles Dr. Velasco y Don Bosco, respetando la numeración actual.
Artículo 3º: La presente entrará en vigencia a partir del 25 de Mayo de 2.018.
Artículo 4°: COLOQÚENSE los respectivos carteles indicadores de calle.
Artículo 5º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumpli-do, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005/2018.C.D.
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