Norma Número 093/16

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Actualiza valores de Tasas Municipales a partir del 01-01-17.

Texto de la Norma


Allen, 15 de Diciembre de 2.016.-



VISTO:


El Código Fiscal Municipal y las Ordenanzas Municipales Nº 111/92.C.D., 066/90.C.D., 089/92.C.D., 002/13.C.D., 081/13.C.D. y 002/15.C.D.; y



CONSIDERANDO:


Que las Tasas por Servicios Retributivos, de Vialidad Rural y el Valor Punto para la percepción de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene no están sujetas a ningún tipo de índice de actualización;

Que se ha producido un encarecimiento de los insumos básicos y de mano de obra que inciden directamente en la estructura de costos para la prestación de los servicios públicos esenciales a cargo del Municipio;

Que además de ello, desde la última actualización de Tasas, se observa un crecimiento poblacional en la ciudad, haciendo que el ejercicio de las funciones propias Municipales se haya incrementado;

Que el Estado Municipal debe garantizar una óptima prestación de los Servicios Retributivos y una eficiencia en el ejercicio del Poder de Policía Municipal, para asegurar una mejor calidad de vida para los vecinos;

Que existe una amplia brecha entre el costo de los servicios prestados por el Municipio y el precio de los mismos, generando un consumo de los recursos por Coparticipación para solventar gastos estructurales e imposibilitando la utilización de estos para la realización y mantenimiento de obras de infraestructura en la localidad;

Que se debe garantizar la sustentabilidad del accionar del Municipio;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 15-12-16, según consta en Acta Nº 1211, se aprobó el pertinente Proyecto;



POR ELLO:


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de



O R D E N A N Z A



Artículo 1º: FÍJANSE los valores de las Tasas por Servicios Retributivos, en los montos que se indican en la siguiente escala:

  1. ZONA C:……… $ 32,25 por metro lineal, por Bimestre.

  2. ZONA 1:……… $ 30,55 por metro lineal, por Bimestre.

  3. ZONA 2:……… $ 24,95 por metro lineal, por Bimestre

  4. ZONA 3:……… $ 21,70 por metro lineal, por Bimestre.

  5. ZONA 4:……… $ 15,90 por metro lineal, por Bimestre.

  6. ZONA 5:……… $ 20,25 por metro lineal, por Bimestre.

  7. ZONA 6:……… $ 14,05 por metro lineal, por Bimestre.

  8. ZONA 7:……… $ 10,95 por metro lineal, por Bimestre.

  9. ZONA 8:……… $ 8,25 por metro lineal, por Bimestre.

  10. ZONA 9:……… $ 8,25 por metro lineal, por Bimestre.

Artículo 2º: FÍJANSE para el Plan Habitacional Santa Catalina los valores de las Tasas por Servicios Retributivos, en los siguientes montos:

  1. Dpto. 4 dormitorios:…………… $ 63,55 por Bimestre.

  2. Dpto. 3 dormitorios:…………… $ 57,80 por Bimestre.

  3. Dpto. 2 dormitorios:…………… $ 51,20 por Bimestre.

Artículo 3º: FÍJANSE para los denominados 60 Departamentos los valores de las Tasas por Servicios Retributivos, en los siguientes montos:

  1. Dpto. 3 dormitorios:…………… $ 97,45 por Bimestre.

  2. Dpto. 2 dormitorios:…………… $ 74,15 por Bimestre.

Artículo 4º: FÍJASE para la Tasa de Vialidad Rural, la suma de Pesos Quince con 05/100 ($ 15,05) por hectárea y por Bimestre.

Artículo 5º: FÍJASE el Valor Punto establecido por la Ordenanza Municipal Nº 066/90 para la percepción de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene en la suma de Pesos Veintiséis con 00/10 ($ 26,00).

Artículo 6º: ESTABLÉCESE que la presente Ordenanza Municipal comenzará a regir a partir del 01 de Enero de Dos Mil Diecisiete.

Artículo 8º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.




ORDENANZA MUNICIPAL Nº 093/2016.C.D.




Citas


Citas Doctorales

No tiene citas doctorales.

Citas Jurisprudenciales

No tiene citas jurisprudenciales.

Comentarios

Promulgada por Resolución Municipal 1619/16.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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