Norma Número 088/12

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Deroga la O. M. Nº 073/11. Fija tarifa para el servicio de Taxis, Radio Taxis, Tele Móvil y/o similares, y establece los valores que regirán a partir del 01-06-13.

Texto de la Norma


Allen, 29 de Noviembre de 2.012.-



VISTO:



La Nota presentada por la Asociación Civil Titulares de Taxi de Allen (A.C.T.T.A); y



CONSIDERANDO:


Que solicitan mediante la misma, se tenga a bien otorgar un ajuste de tarifas a fin de producir una compensación frente al proceso inflacionario;

Que se estima pertinente aplicar a las tarifas un incremento en dos etapas, uno a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y otro a partir del 1 de Junio de 2013;

Que de acuerdo al Artículo 75º del Reglamento General de Tránsito y Transporte para la Municipalidad de Allen, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 069/94, el organismo de aplicación establecerá la estructura de costos que permitirá con su metodología establecer la tarifa que se debe aplicar para el servicio público de pasajeros en la modalidad coches taxímetros, siendo ésta facultad del Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 29/11/12, según consta en Acta Nº 1048, se aprobó el pertinente Proyecto;


POR ELLO:


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A



Artículo 1º: DERÓGASE la Ordenanza Municipal Nº 073/2011, por los motivos expuestos en los Considerandos.

Artículo 2º: FÍJASE la tarifa para el servicio de Taxis, Radio Taxis, Tele Móvil y/o similares, de la siguiente manera:

A partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, un incremento del 20 %:

$ 6,18…………………………………Bajada de Bandera.

$ 0,61…………………………………Cada 100 mts. recorridos.

Artículo 3º: FÍJASE la tarifa para el servicio de Taxis, Radio Taxis, Tele Móvil y/o similares, de la siguiente manera:

A partir del 1 de Junio de 2013, un incremento del 10 %:

$ 6,80…………………………………Bajada de Bandera.

$ 0,67…………………………………Cada 100 mts. recorridos.

Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL Nº 088/2012.C.D.








Citas


Citas Doctorales

No tiene citas doctorales.

Citas Jurisprudenciales

No tiene citas jurisprudenciales.

Comentarios

Promulgada por Resolución Municipal Nº 1448/2012. Derogada por O.M. Nº 094/13.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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