El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: NO VIG. DEROGACIÓN TÁCITA
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 21 de Diciembre de 2011.
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 130/08, en cuanto al Régimen de Incentivos y Bonificaciones; y
CONSIDERANDO:
Que en su Artículo 8º se fija un incentivo por cumplimiento fiscal, para aquellos contribuyentes y/o responsables de Tasas Retributivas, Tasa de Vialidad Rural, Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene, Tasa por Conservación, Mantenimiento de Cementeri, y el Impuesto al Terreno Baldío;
Que es necesario adoptar nuevas medidas de recaudación, en virtud de la crisis económica que determina el proceso inflacionario actual;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 21/12/11, según consta en Acta Nº 1007, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: MODIFICASE la Ordenanza Municipal Nº 130/08 en
su Artículo 9º, el cual deberá quedar redactado
de la siguiente manera: “Artículo 9º: Los suje-
tos mencionados en el Artículo anterior gozarán
de la siguientes bonificaciones sobre el monto a
pagar por cada obligación:
Clase A: Del veinticinco por ciento (25%) sobre
las obligaciones fiscales corrientes, a
quienes no mantengan deuda de dicho
Tributo, y que hayan pagado las obli-
gaciones de los últimos doce (12) meses
en tiempo y forma.
Clase B: Del quince por ciento (15%) sobre las
obligaciones fiscales corrientes, para
aquellos contribuyentes con plan de
pago y la Tasa correspondiente al día.
Las bonificaciones establecidas en el presente
Artículo, se mantendrán por anticipo pagado en
término.
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002/2011.C.D.-
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