El alcance de esta norma es general.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: NO VIGENTE DEROGADA
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 8 de Julio de 2010.
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 022/08; y
CONSIDERANDO:
Que la misma establece en su Artículo 2º la incorporación al monto que surja por cada infracción de tránsito, de 25 USAM como adicional, en concepto de gastos administrativos;
Que en su Artículo 3º establece en caso de que se secuestre el rodado infractor se proceda a incrementar el monto mencionado anteriormente, con más 50 USAM diarios en concepto de depósito, seguro, horas extras, traslados;
Que la Ordenanza Municipal Nº 022/08 fue sancionada el 17 de abril de 2.008, fecha en la que el valor de un USAM, era de 1 peso;
Que con fecha 22 de octubre de 2009, se sancionó la Ordenanza Municipal Nº 075/09, la cual en su Artículo 3º reestablece el valor del USAM (Unidad de Sanción Municipal), al valor equivalente a un litro de Nafta especial de acuerdo a los importes publicados por la Empresa YPF;
Que ante la vigencia de esta norma el costo diario que debe abonar el infractor, tanto como gastos administrativos (25 USAM), como el adicional al valor de la multa pertinente por depósito, seguro, horas extras, traslado, resulta sumamente elevado en relación con el que se pretendió estipular en la Ordenanza Municipal Nº 022/08;
Que se cree conveniente modificar los importes de los adicionales consignados de manera tal que represente la misma cantidad de pesos que se previó percibir, sin que esto influya con las multas correspondientes según el caso;
Que en Sesión Ordinaria, celebrada el 8/07/10, según consta en Acta Nº 940, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: MODIFICASE, el Artículo 2 de la Ordenanza Muni
cipal Nº 022/08, donde dice…..” INCORPORASE al
monto que surja por cada infracción de tránsi-
to…debe decir:… “INCORPORASE al monto que surja
por cada infracción de Tránsito, un adicional
único de 7 (siete) USAM, en concepto de Gastos
Administrativos.
Artículo 2º: MODIFICASE, el Artículo 3º de la Ordenanza Muni-
cipal Nº 022/08, rectificado por Ordenanza Muni-
cipal N 035/08, donde dice:…..”ESTABLÉCESE en
caso de que se produzca el secuestro del rodado
infractor, se proceda a incrementar el monto
mencionado en el Artículo 2º, con más 50 (cin-
cuenta) USAM diarios…”, debe decir: “ESTABLÉCESE
en caso de que se produzca el secuestro del ro-
dado infractor, se proceda a incrementar el mon-
to mencionado en el Articulo 2º, con más 14 (ca-
torce) USAM diarios, en concepto de depósito,
seguro, horas extras, traslados”.
Artículo 3º: Háganse las comunicaciones, pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 073/2010.C.D.-
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