Norma Número 066/01
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
VIGENTE
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Faculta al P.E.M. a recibir bienes y/o servicios en pago de deudas. Crea la Comisión evaluadora de propuestas. Establece su constitución. Fija condiciones para efectivizar dación en pago.
Texto de la Norma
Allen, 25 de Octubre de 2001.
VISTO:
La situación socio-económica que afecta a todos los ciudadanos por igual, la Ordenanza Municipal N° 006/01, de
Emergencia Económica, Financiera y Administrativa, y la exis- tencia de posibilidades ciertas de cobro de deudas municipales
por medio de mecanismos alternativos; y
CONSIDERANDO:
Que cotidianamente se presentan ante el Poder Eje
cutivo Municipal, Secretaría de Hacienda, Dirección de Recau-
daciones, gran cantidad de contribuyentes manifestando su im-
posibilidad de abonar en término sus tasas Municipales, cance- lar deudas atrasadas o mantener al día planes de pago asumidos
oportunamente;
Que dicha imposibilidad está basada en la baja de
ingresos al núcleo familiar, producida por reducciones salaria
les, desocupación o subocupación, disminución considerable en las ventas (para el caso de los comerciantes), todo ello pro-ducto de la situación particular por la que atraviesa nuestro
país;
Que la Municipalidad de Allen debe recaudar en un
porcentaje mayor al que registra actualmente, los importes fac
turados en concepto de Tasas Municipales de distinta índole, habiendo implementado para ello un plan de seguimiento de cada
caso de contribuyentes moroso, inclusive con paso a la vía ju-
dicial para quienes no respondan ante las citaciones adminis-
trativas;
Que ante la insistencia del reclamo de pago por parte de la Municipalidad de Allen, y la posibilidad de una acción judicial, muchos contribuyentes, especialmente comer-
ciantes, se acercan ofertando cancelar sus deudas o planes de
pago, por Tasas Municipales, con bienes y/o servicios;
Que tomando en cuenta que la Municipalidad de Allen, debe adquirir determinados bienes y/o servicios para ga
rantizar su normal funcionamiento, como así también para la prestación de servicios públicos, de acción social, etc., podría aceptarse esta modalidad de cancelación de deudas, de-biendo establecer para ello una reglamentación acorde;
Que un procedimiento de estas características de-
be constituirse en una alternativa excepcional de contrata-ción, aplicable solo a situaciones donde el bien o servicio ofrecido se constituya en un mecanismo sustitutivo de una compra o contratación previamente declarada como necesaria
por la Secretaría respectiva y que cuente con asignación pre-
supuestaria pertinente;
Que debe existir un ofrecimiento formal por parte del contribuyente moroso de proveer al municipio de bienes y/o servicios y un compromiso explícito de destinar el producido
de tal operación comercial, total o parcialmente al pago de deudas que registre a la fecha de transacción y hasta tanto se proceda a la cancelación de las mismas;
Que en la actualidad se registran numerosas pre-
sentaciones de contribuyentes morosos que ofrecen bienes y/o servicios con el objeto de cancelar sus obligaciones, obser- vándose estas alternativas como procedimientos más concretos
y eficaces de regularizar su situación de deudores, para lo cual es necesario contar con una reglamentación legal que haga
factible la implementación de este sistema;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 25-10-01, según consta en Acta N° 561, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: FACULTASE al Poder Ejecutivo Municipal, a recibir
bienes y/o servicios en pago de deuda que manten-
gan los contribuyentes para con la Municipalidad,
en los términos de la presente Ordenanza, que es-
tablece un procedimiento excepcional de contrata-
ción, aplicable solo a situaciones encuadradas
según lo indican los requisitos expuestos en esta
norma.
Artículo 2°: ESTABLECESE, que podrán acceder al presente pro-
cedimiento de compra o locación de obras o servi-
cios, aquellos contribuyentes que registren deuda
devengada a favor del Municipio, por cualquier
concepto, aquellas en gestión de cobro por vía
judicial sin sentencia y que simultáneamente
efectúen un ofrecimiento explícito de entrega de
bienes y/o servicios en pago, a los fines de
proceder a la regularización total o parcial de
su situación de deudores.
Artículo 3°: CREASE, una Comisión Evaluadora de Propuestas,
que estará integrada por dos representantes
titulares y dos representantes suplentes, desig-
nados por el Poder Ejecutivo Municipal, y dos re-
presentantes titulares y dos representantes su-
plentes, designados por el Concejo Deliberante, a
los fines de la implementación de este procedi-
miento alternativo de excepción, por el cual se
facultará al Poder Ejecutivo Municipal a recibir
bienes y/o servicios en pago de deudas dinerarias
sin límites de montos.
Artículo 4°: ESTABLECESE, como procedimiento a partir del ofre
cimiento de dación de bienes y/o servicios en pa-
go de deuda por Tasas Municipales por cualquier
concepto, la siguiente metodología:
a) El ofrecimiento presentado por el contribu-
yente en mora, deberá contener información
detallada de los bienes y/o servicios ofre-
cidos, cantidad, calidad y precio propuesto
para la contratación por parte del Municipio,
b) El ofrecimiento recibido en los términos del
inciso anterior, deberá ser girado al área
que, en principio, pueda tener necesidad de
hacer uso de los bienes y/o servicios ofre-
cidos, en función de las características de
los mismos.
c) Dicha área deberá emitir opinión fundada de la
necesidad del gasto, y la conveniencia de la
contratación, siendo remitida a la Dirección
de Contabilidad y Control a efectos que deter-
mine la afectación de la partida presupuesta-
ria respectiva, alternativas éstas que en to-
dos los casos deberán ser refrendadas por el
Secretario del área.
d) El Departamento Compras, de la Secretaría de
Hacienda del Poder Ejecutivo Municipal, pro-
cederá a requerir un mínimo de tres presupues-
tos alternativos, a los efectos de la evalua-
ción de calidad y precio de la oferta. Los
trámites detallados en los incisos c) y d),
deberán cumplimentarse en un tiempo máximo de
7 (siete) días hábiles, contando como fecha
inicial la que conste en el sello de Mesa de
Entradas en la nota de ofrecimiento del con-
tribuyente.
e) La Comisión Evaluadora de Propuestas, deberá
expedirse en un plazo no mayor de cinco (5)
días hábiles, acerca de la conveniencia de la
contratación propuesta, verificando a tal fin
que la misma resulte la de menor precio a
igualdad de calidad del producto o servicio
respectivo. Al precio así obtenido se le res-
tará el diez por ciento (10%) y será el máximo
precio a considerar en la dación en pago.
f) Habiéndose dado cumplimento a los procedimien-
tos indicados en los incisos precedentes, en
caso de hacerse lugar a la contratación pro-
puesta, se emitirá resolución, la cual deter-
minará el porcentaje de afectación de la
facturación del contribuyente destinado a la
dación en pago.
Artículo 5°: La dación en pago se concretará una vez emitida
por la Secretaría respectiva, previo cumplimiento
de los pasos descriptos y dictamen favorable de
la Comisión Evaluadora de Propuestas la conformi-
dad expresa cumplimentando los pasos administra-
tivos contables establecidos como alternativa
excepcional de contratación, en la presente nor-
ma.
Artículo 6°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 066/01.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgación tácita.
Fechas
- Fecha publicación:
28 / 11 /
2001
- Fecha sanción:
25 / 10 /
2001
- Fecha promulgación:
12 / 11 /
2001
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
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