Norma Número 074/08
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
VIGENTE
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Autoriza al Poder Ejecutivo Municipal por excepción al Art. 4º O.M. Nº 080/06 ha otorgar de acuerdo a las normas vigentes Licencia Habilitante a Francisco Craise y a Andrea Rosales.
Texto de la Norma
Allen, 25 de Septiembre de 2008.-
VISTO:
El inciso c) del Artículo 56° Título ``DE LOS VEHICULOS' Capítulo III, ``SERVICIO PUBLICO DE COCHES TAXIMETROS', que son parte del REGLAMENTO GENERAL DE TRANSITO para la Municipalidad de Allen, aprobado por Ordenanza Municipal N° 069/94 y el Artículo 4° de la Ordenanza Municipal N° 080/06; y
CONSIDERANDO:
Que el inciso c) mencionado en el Visto establece el requisito que los vehículos afectados al Servicio Público de Coches Taxímetros deben ser tipo sedam cuatro (4) puertas, asiento delantero enterizo o butaca, y el trasero de una longitud mínima de 1,18 mtrs. Y entre respaldo de 0,65 mtrs. de longitud;
Que el requisito de que el vehículo debe ser tipo sedan cuatro (4) puertas, impide en la ciudad de Allen contar con el Servicio Público de Coches Taxímetros, para el traslado de personas con discapacidad motriz momentánea o permanente;
Que es necesario actualizar la legislación del Servicio Público de Pasajeros, en la modalidad coches taxímetros, con el fin de brindar a los usuarios de este servicio, que padecen discapacidades motrices, las condiciones más optimas para su traslado;
Que por Ordenanza Municipal N° 080/06, Artículo 4° se fija en noventa el número total de las licencias habilitadas, para la afectación de vehículos al Servicio Público de Coches Taxímetros, estando completo el cupo mencionado;
Que el Sr. Francisco Criase y la Srta. Andrea Emilce Rosales, ofrecen vehículos utilitarios para ser afectados al Servicio Público de Coches Taxímetros y además adaptados para el traslado de personas con discapacidad motriz momentánea o permanente;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 25-09-08, según consta en Acta N° 867, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal, Secretaría
de Gobierno, Dirección de Tránsito y Transporte, por
vía de excepción al Artículo 4° de la Ordenanza Mu-
nicipal N° 080/06, ha otorgar de acuerdo a las nor-
mativas vigentes una Licencia Habilitante al Sr. Fran
cisco Criase L.E. 8.214.437 y una Licencia Habilitan
te a la Srta. Andrea Emilce Rosales DNI 28.617.107,
siendo la identificación de cada una de las Licen-
cias Habilitantes N° 91 y N° 92, por los motivos ex
puestos.
Artículo 2°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal, Secretaría
de Gobierno - Dirección de Tránsito y Transporte,
por vía de excepción al inciso c) del Artículo 56°
Título ``DE LOS VEHICULOS' Capítulo III, ``SERVICIO
PUBLICO DE COCHES TAXIMETROS', del REGLAMENTO GENE-
RAL DE TRANSITO para la Municipalidad de Allen; apro
bado por Ordenanza Municipal N° 069/94, a incorporar
entre todos los requisitos que exige la normativa en
vigencia para la afectación de los vehículos, de las
Licencias Habilitantes N° 91 y N° 92, el requisito:
Tipo utilitario reuniendo las siguientes caracterís-
ticas técnicas:
1. Un peso mínimo de un mil kilogramos según catálo-
gos de fábricas.
2. Instalación de una puerta lateral corrediza ubi
cada del lado derecho del vehículo, y un portón
trasero.
3. Asientos traseros rebatibles.
4. Instalación de una rampa retráctil en la parte
posterior o lateral del vehículo, una plataforma
movible por medios mecánicos o hidráulicos, capaz
de elevar desde el suelo hasta el vehículo, una
silla de ruedas ocupada por una persona hasta un
peso de ciento cincuenta (150) kilogramos. Sien-
do las medidas de todo lo detallado adaptadas con
venientemente, con el fin de que el usuario sea
transportado en la forma más óptima.
5. Elementos de fijación de las ruedas de la silla
al piso del vehículo, cinturón de seguridad, pa-
samanos y demás dispositivos de seguridad
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 074/08.C.D.-