Norma Número 115/06

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Declara de Utilidad Pública y pago obligatorio para frentistas Mejoramiento Alumbrado Público calles Intendente Mariani - Tomás Orell y Avenida Roca.

Texto de la Norma

Allen, 7 de Diciembre de 2.006.-

VISTO
:

La Ordenanza Municipal N° 125/96; y

CONSIDERANDO
:

Que mediante el Artículo 1 (inc.a) del Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N° 125/96 se establecen los métodos de tramitación para la ejecución de Obras Públicas por contribución de mejoras mediante habilitación de Registro de Oposición;
Que por Resolución Municipal N° 712/06, se llama a apertura de Registro de Oposición N° 001/06, Proyecto de Mejoramiento de Alumbrado calles Intendente Mariani-Tomás Orell y Avenida Roca;
Que el mismo consiste en el mejoramiento del alumbrado público en las principales arterias comerciales de la ciudad incrementando al doble la iluminación logrando así una mayor uniformidad;
Que se han cumplido los plazos establecidos para efectuar las oposiciones respectivas en el registro de oposición;
Que se han registrado la cantidad de 6 oposiciones sobre un total de 7 parcelas afectadas;
Que esto es equivalente a un 2.6 % de oposición siendo dicho porcentaje inferior al 50% requerido como mínimo por O.M. N°125/96 en su articulo 9°.
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 7-12-06, según consta en Acta N° 792, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO
:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A


Artículo 1°
: DECLARASE de Utilidad Pública y pago obligatorio Pa-
ra los frentistas beneficiarios, la obra Proyecto de
Mejoramiento de Alumbrado calles Intendente Mariani-
Tomás Orell y Avenida Roca, que comprenderá las cua-
dras Intendente Mariani desde Almirante Brown hasta
Avda. Roca, Tomás Orell desde Avda. Roca hasta Ita-
lia, Avda. Roca dede Libertad hasta Primeros Pobla-
dores , haciendo un total de dieciséis cuadras.
Artículo 2°: ESTABLECESE el costo estimativo de la obra en 197.
288,38 (pesos ciento noventa y siete mil doscientos
ochenta y ocho con treinta y ocho centavos). El mon-
to definitivo a abonar por cada beneficiario surgirá
al momento de finalización de la etapa licitatoria
de la obra.
Articulo 3: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 115/06.C.D.


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por R.M. N° 0909/06.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO OBRA PÚBLICA DESARROLLO URBANO

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