Norma Número 080/06

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE MODIFICADA

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Ordena renovación Licencias servicio de transporte de pasajeros modalidad coches taxímetros en un plazo de 30 días. Establece cupo de Licencias Habilitantes.

Texto de la Norma

Allen, 28 de Septiembre de 2006.

VISTO:

El indelegable rol de contralor que debe ejercer el Ejecutivo Municipal en lo atinente a las actividades de los particulares referidas al servicio de transporte público; y


CONSIDERANDO:

Que el registro de licencias otorgadas por el Municipio para el desarrollo de la actividad de coches taxímetro, remitido a este Concejo por la Dirección de Tránsito del Poder Ejecutivo Municipal, está desactualizado y contiene numerosas omisiones;
Que la decisión de los permisionarios de dejar la actividad y la consecuente transferencia de vehículos ha provocado inexactitudes en los datos obrantes en dicho registro;
Que en la actualidad se hace necesario confeccionar un listado auténtico y veraz, y actualizar la documentación con que la Dirección de Tránsito controla y supervisa la actividad a fin de garantizar el estricto cumplimiento de las normas vigentes;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 28-09-06, según consta en Acta N° 781, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1°
: ORDÉNASE la renovación de las Licencias para
brindar el servicio de transporte de pasajeros
en la modalidad coches taxímetros, en un plazo
de treinta días a contar desde la publicación de
la presente Ordenanza.
Artículo 2°: Para la renovación, los licenciatarios deberán
presentar documentación probatoria que acredite
el estricto cumplimiento de la totalidad de la
normativa vigente, no teniendo este trámite cos-
to alguno.
Artículo 3°: El no cumplimiento de lo establecido en el artí
culo 2° de la presente Ordenanza implica la ca-
ducidad de la correspondiente Licencia.
Artículo 4°: FÍJASE en noventa el número total de las licen-
cias habilitadas, otorgándose prioridad a los
propietarios que acrediten hallarse prestando
efectivamente el servicio al 30 de septiembre de
2006.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 080/06.C.D.-

Citas


Citas Doctorales

No tiene citas doctorales.

Citas Jurisprudenciales

No tiene citas jurisprudenciales.

Comentarios

Promulgada por R.M. N 0729/06. La O.M. Nº 080/08 deroga el Artículo 4º de esta norma, fijando nuevo cupo de Licencias.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

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