Norma Número 013/99
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Autoriza al PEM a formular plan de pagos en concepto de Tasas Retributivas con la Sra. Adela del Carmen Del Pino Vda. de Ivars, NC: 04-1-B-644-31-000. Establece plazo de formalización.
Texto de la Norma
Allen, 8 de Abril de 1999.
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Adela del Carmen Del Pino Vda. de Ivars; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita facilidades para abo-nar la deuda que mantiene con la Municipalidad en concepto de Tasas Retributivas;
Que por la situación socio-económica de la Seño- ra de referencia, se encuentra condicionada para cumplir con su obligación tributaria municipal;
Que la deuda contraída no puede ser abonada de acuerdo a la norma en vigencia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 8-04-99, según consta en Acta N° 434, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORIZASE por vía de excepción a la Ordenanza
Municipal N° 160/98 al Poder Ejecutivo Munici-
pal-Secretaría de Hacienda-Dirección de Recau-
daciones a formular un plan de pagos con la Sra.
Adela del Carmen Del Pino de Ivars, L.C. ///
4.787.497 de la siguiente manera: en cuotas men-
suales de Pesos quince ($ 15.-), hasta cubrir el
monto adeudado en concepto de Tasas Retributi-
vas, por la Nomenclatura Catastral B-644-31-000.
Artículo 2°: ESTABLÉCESE un plazo de sesenta (60) días a par-
tir de la vigencia de la presente, para formali-
zar lo establecido en el Artículo 1°.
Artículo 3°: HAGANSE las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 013/99.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Res. 0397/99.
Fechas
- Fecha publicación:
6 / 5 /
1999
- Fecha sanción:
8 / 4 /
1999
- Fecha promulgación:
20 / 4 /
1999
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
Sistema FreeDigesto ¡Use Software Libre!(http://www.fsf.org)
Licencia GPL V3(http://www.gnu.org/licences)