Norma Número 010/70

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIGENTE DEROGADA

Lugar publicacion: CARTELERA MUNICIPAL


Sumario

Establece que toda persona que manipule alimentos deberá contar con la Libreta Sanitaria. Fija los requisitos de solicitud y renovación. Establece el valor. Prevee sanciones en caso de incumplimiento.

Texto de la Norma


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Derogada por O.M. N° 104/19.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

SALUD PÚBLICA COMERCIO RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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