Norma Número 071/00
   El alcance de esta norma es particular.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. OBJETO CUMPLIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Desafecta todas las especies arbóreas en las Plazoletas ubicadas en la Avda. Libertad e Irigoyen y Plaza San Martín. Autoriza al PEM a extraer las especies arbóreas.
 Texto de la Norma 
  
  Allen, 26 de Octubre de 2000.
VISTO:
 El estado actual de las especies arbóreas ubica-das en las Plazoletas de la Avenida Libertad e Irigoyen y Pla za San Martín y las especies arbustivas en la Plazoleta deno- minada Piñeiro Sorondo; y
CONSIDERANDO:
 Que en las Plazoletas ubicadas en la Avenida Li-
bertad e Irigoyen y Plaza San Martín, algunas especies arbó- reas se encuentran totalmente secas, con peligrosidad de de- rrumbe;
 Que las especies arbustivas ubicadas en la Pla-
zoleta denominada Piñeiro Sorondo, forman un cerco, el cual no permite el mantenimiento ecológico pertinente, acumulando 
restos que perjudican al medio ambiente;
 Que dichas especies se encuentran declaradas de 
Interés Municipal e integrantes del Patrimonio Histórico y Ecológico mediante la Ordenanza Municipal N° 045/92;
 Que la Ordenanza Municipal N° 102/88 establece
la defensa, mejoramiento, ordenamiento, ampliación y recupe-
ración de todos los componentes del arbolado y espacios ver-
des públicos, que forman parte del Patrimonio Municipal;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 26-10-00, según consta en Acta N° 512, se aprobó 
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 
 ORDENANZA
Artículo 1°: DESAFECTASE del Patrimonio Histórico y Ecológico
 todas las especies arbóreas en las Plazoletas 
 ubicadas en la Avenida Libertad e Irigoyen y Pla 
 za San Martín, que se encuentren secas con peli-
 grosidad de derrumbe y las especies arbustivas 
 ubicadas en la Plazoleta denominada Piñeiro So-
 rondo, por los motivos expuesto en los conside-
 randos.
Artículo 2°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a extra-
 er las especies arbóreas y arbustivas citadas en 
 el Artículo 1° de la presente Ordenanza Munici-
 pal.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 071/00.C.D.-
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
  
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
  ARBOLADO URBANO
rechazar el amparo - mandamus- interpuesto por un vecino Viedmense tendiente a que el Superior Tribunal de Justicia ordene al Municipio el cumplimiento de la Ordenanza Nro. 2282/88 - que regula las formas, procedimientos y acciones que se deben cumplimentar en los espacios verdes y arbolados públicos . Ello, en tanto el accionante no indica concretamente funcionario responsable que haya rehusado cumplir un deber impuesto por la ordenanza en cuestión o haya ejecutado un acto prohibido, no individualiza deber concreto incumplido y no acredita fehacientemente la existencia de un requerimiento previo o haber agotado la instancia común. STJRNSC: Se. Nro. 56/90 MIRANDA, NESTOR A. S/ AMPARO Y MANDAMUS27-08-90. 
 
  
 Comentarios 
  
  Promulgada por Res. 0573/00
  
 Fechas 
  - Fecha publicación:
  17 / 11 /
  2000
  
 
  - Fecha sanción:
  26 / 10 /
  2000
  
 
  - Fecha promulgación:
  6 / 11 /
  2000
  
 
 Descriptores que posee esta norma 
MEDIO AMBIENTE Y SALUD AMBIENTAL  
    
  
PATRIMONIO PÚBLICO  
    
  
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