Norma Número 029/77
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. DEROGACIÓN TÁCITA
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL PROVINCIAL
Sumario
Establece que todo establecimiento Industrial, deberá tratar los líquidos residuales de acuerdo a las normas dictadas por Obra Sanitarias de la Nación. Determina los requisitos que deberán cumplir y la documentación a presentar. Establece sanciones para el caso de incumplimiento.
Texto de la Norma
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Derogada Tácitamente por Ley N° 24051.
Fechas
- Fecha publicación:
4 / 8 /
1977
- Fecha sanción:
27 / 6 /
1977
- Fecha promulgación:
27 / 6 /
1977
Descriptores que posee esta norma
MEDIO AMBIENTE Y SALUD AMBIENTAL
RÉGIMEN DE FALTAS
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