Norma Número 029/77

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. DEROGACIÓN TÁCITA

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL PROVINCIAL


Sumario

Establece que todo establecimiento Industrial, deberá tratar los líquidos residuales de acuerdo a las normas dictadas por Obra Sanitarias de la Nación. Determina los requisitos que deberán cumplir y la documentación a presentar. Establece sanciones para el caso de incumplimiento.

Texto de la Norma


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Derogada Tácitamente por Ley N° 24051.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

MEDIO AMBIENTE Y SALUD AMBIENTAL RÉGIMEN DE FALTAS

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