Norma Número 105/84

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL PROVINCIAL


Sumario

Deroga la O.M. 067/83. Incorpora a la Planta Urbana la chacra 005-Parcela 2B-Sección B; como Zona Residencial 4.

Texto de la Norma

ALLEN, 21 de Setiembre de 1984.-





VISTO:
Los considerandos de la Resolución Municipal N° 444/82; por la cual se faculta a la Secretaria de Hacienda a realizar las actuaciones pertinentes para el llamado a Licitación Pública por la compra de Lotes de terreno con superficie de más de 1ha.; destinadas a Planes de Viviendas; y

CONSIDERANDO:
Que la Comisión Asesora de Planeamiento y Desarrollo Urbano estimó conveniente la adquisición de la Chacra 005 de propiedad de la Sra. Esther Z. De Diomedi que cuenta con una superficie de 7 ha.; por su bajo costo y su Superficie suficiente para la implantación de un Plan de Viviendas con su respectivo equipamiento;
Que la Comisión de Pre-Adjudicaciones consideró por Nota del 03-IX-82; desde el punto de vista económico financiero conveniente su adquisición y avaló las sugerencias técnicas de la Comisión Asesora de Planeamiento y Desarrollo Urbano;
Que de acuerdo a la Ley 916; Artículo 20 inciso ; el Concejo Municipal se encuentra facultado para demarcar la Planta Urbana; dando así lugar; a la incorporación de dichas tierras a Planta Urbana de la Ciudad;
Que en reunión de Concejo Municipal; se aprueba el Proyecto respectivo; según Acta N° 274;

POR TODO ELLO:
                  EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALLEN, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 067/83; por motivos expuestos en los considerandos -

Artículo 2°: INCORPORAR a la Planta Urbana de Allen la Chacra 005 - Parcela 2B - Sección B; como Zona Residencial4; según el Código Urbano en vigencia.-

ARTICULO 3°:
La presente será refrendada por el Secretario deObras y servicos Públicos.

ARTICULO 4°:
Háganse las comunicaciones pertinentes; cumplido; archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N°105/84.-

Citas


Citas Doctorales

ZONIFICACIONES
Las propias normas municipales, luego llamadas Ordenanzas, constituyen pues, el primer cuerpo normativo urbanístico, comprendiendo disposiciones sobre las relaciones entre los espacios públicos y privados ( volados sobre la vía pública, apertura de huecos en la fachada, alturas, distancias, vertidos, etc.), la seguridad y la higiene en las construcciones y, hasta cierto punto, usos de las mismas( PAREJO ALFONSO, Luciano; Derecho Urbanístico Instituciones BásicasEditorial Ciudad Argentina; 1986. P. 7).

La zonificación, que obviamente es una decisión pública a la vista de los intereses colectivos o del conjunto de la ciudad, constituye el definitivo triunfo de la prevalencia de éstos sobre los propios de todos y cada uno de los titulares de derechos - significativamente,, el dominical sobre el suelo o las construcciones( PAREJO ALFONSO; Luciano; Derecho Urbanístico Instituciones BásicasEditorial Ciudad Argentina; 1986. P. 10).



Citas Jurisprudenciales



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