Norma Número 019/89
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIGENTE DEROGADA
Lugar publicacion:
CARTELERA MUNICIPAL
Sumario
Incorpora al Código Urbano y de Edificación la Reglamentación en planos de obras.
Texto de la Norma
Citas
Citas Doctorales
LÍNEA DE EDIFICACIÓN
Siendo la ciudad una comunidad de vida sobre un emplazamiento determinado, que da lugar a una vida doméstica (la casa) y una vida civil (la calle, la plaza, el edificio público), la técnica urbanística primaria al servicio de su ordenación es la alineación, es decir, el trazado y la fijación de las líneas divisorias del espacio edificable y no edificable, privado y público o colectivo, con la finalidad de definir las fincas privadas, las calles, las plazas, los patios( PAREJO ALFONSO, Luciano; Derecho Urbanístico, Instituciones Básicas Editorial Ciudad Argentina; 1986. P. 6).
CÓDIGO URBANÍSTICO
Siendo la ciudad una comunidad de vida sobre un emplazamiento determinado, que da lugar a una vida doméstica (la casa) y una vida civil (la calle, la plaza, el edificio público), la técnica urbanística primaria al servicio de su ordenación es la alineación, es decir, el trazado y la fijación de las líneas divisorias del espacio edificable y no edificable, privado y público o colectivo, con la finalidad de definir las fincas privadas, las calles, las plazas, los patios( Derecho Urbanístico, Instituciones Básicas Luciano Parejo Alfonso, página 6, Ciudad Argentina).
El predominio de los valores colectivos que la ciudad representa, la concentración de usos y la densificación de actividades conducen derechamente a la necesidad de impedir abusos constructivos, conseguir el respeto de los espacios públicos, arbitrar las intrincadas relaciones de vecindad y, en suma, disciplinar la vida urbana municipal, toda vez que ésta surge en la época medieval cabalmente como ámbito exento y, por tanto, de libertad frente al régimen señorial, dotado consecuentemente de propia capacidad normativa; capacidad o autonomía que se perpetúa, como limitaciones, en la época del Estado Moderno y absoluto. Las propias normas municipales, luego llamadas Ordenanzas, (aquí, Ordenanzas de construcción), constituyen pues, el primer cuerpo normativo urbanístico, comprendiendo disposiciones sobre las relaciones entre los espacios públicos y privados ( volados sobre la vía pública, apertura de huecos en la fachada, alturas, distancias, vertidos, etc.), la seguridad y la higiene en las construcciones y, hasta cierto punto, usos de las mismas. No obstante la evolución posterior, la circunstancia de que el urbanismo (al menos en lo referente al espacio urbano) alude primordialmente a intereses de la comunidad local correspondiente, explica la conservación por la norma municipal de un papel relevante incluso en la ordenación urbanística en nuestros días. En cualquier caso, interesa destacar que las Ordenanzas locales sancionan el principio de supremacía, en la ciudad, del interés colectivo sobre el privado o individual. La técnica puesta a su servicio es la de las limitaciones al derecho de propiedad: las normas municipales comprimen la inicial libertad de uso y transformación del propietario del suelo( Derecho Urbanístico Instituciones BásicasLuciano Parejo Alfonso, página 7, Ciudad Argentina).
CÓDIGO DE EDIFICACIÓN
Las propias normas municipales, luego llamadas Ordenanzas, constituyen pues, el primer cuerpo normativo urbanístico, comprendiendo disposiciones sobre las relaciones entre los espacios públicos y privados ( volados sobre la vía pública, apertura de huecos en la fachada, alturas, distancias, vertidos, etc.), la seguridad y la higiene en las construcciones y, hasta cierto punto, usos de las mismas(PAREJO ALFONSO, Luciano; Derecho Urbanístico Instituciones BásicasCiudad Argentina; 1986. P. 7. ).