Norma Número 160/92
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
RESOLUCIONES P.E.M.
Estado:
NO VIG. DEROGACIÓN TÁCITA
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Pone en vigencia a partir del 1° de Enero de 1992, en forma retroactiva, la escala salarial detallada en su art. 1°. El aumento será sustituto del otorgado por resolución municipal 1306/91. Dispone que todas las categorías y cargos políticos descriptos en la escala mencionada, gozarán de las retribuciones y adicionales determinados en la Ley Provincial N° 811 y en Ordenanzas y Resoluciones reglamentarias concordantes. Establece compensación por dedicación funcional.
Texto de la Norma
ALLEN, 11 de febrero de 1992.-
VISTO:
La necesidad de recomponer el campo salarial dentro de la Municipalidad de Allen y sus dependencias, y
CONSIDERANDO:
Que conforme surge de los antecedentes legislativos la Municipalidad no incrementa el salario de sus empleados desde el mes de Diciembre de 1990;
Que el transcurso del tiempo ha deteriorado en forma significativa los ingresos mensuales del personal municipal;
Que no obstante el considerando anterior y según surge de las distintas áreas, la Municipalidad ha aumentado la productividad en beneficio del conjunto comunal;
Que en forma paralela al considerando anterior las autoridades municipales vienen realizando con éxito una evidente política de ajustes en sus cuentas;
Que a la fecha el Municipio se encuentra en condiciones de incrementar el salario de su personal un 35% (Treinta y cinco por ciento);
Que el referido aumento no varía la política de ajuste, fortalece la productividad y se realiza con fondos genuinos.
POR ELLO:
El señor Intendente Municipal de la Ciudad de Allen
R E S U E L V E
Artículo 1°: Poner en vigencia en forma retroactiva y a partir del 1° de Enero de 1992 la escala salarial que a continuación se detalla, la cual ha sido calculada conforme se expresa en los considerandos de la presente:
Intendente Municipal $ 817,35
Presidente Concejo $ 653,65
Concejales $ 367,68
Revisores de Cuenta $ 367,68
Secretarios $ 560,27
Cuarto Miembro $ 490,25
Categoría 26 $ 466,89
Categoría 25 $ 444,24
Categoría 24 $ 427,46
Categoría 23 $ 376,54
Categoría 22 $ 334,74
Categoría 21 $ 296,79
Categoría 20 $ 268,06
Categoría 19 $ 239,96
Categoría 18 $ 217,71
Categoría 17 $ 202,89
Categoría 16 $ 195,88
Categoría 15 $ 189,75
Categoría 14 $ 176,09
Categoría 13 $ 162,22
Categoría 12 $ 136,35
Artículo 2°: El aumento descripto en los considerandos y calculados en el artículo Primero de la presente es sustituto del otorgado mediante Resolución Municipal N° 1.306/91.-------------------------------------------------------
Artículo 3°: Todas las categorías y cargos políticos detallados en la escala indicada en el Artículo Primero gozarán de las retribuciones y adicionales determinados en la Ley Provincial 811 y en las Ordenanzas y Resoluciones reglamentarias concordantes.--------------------------------
Artículo 4°: A partir del 1° de Enero de 1992, gozarán de una compensación del 30% por dedicación funcional los siguientes funcionarios: Intendente, Secretarios, Cuarto Miembro del Tribunal de Cuentas.------------------
Artículo 5°: La presente será refrendada por el señor Secretario de hacienda.-------
Artículo 6°: Háganse las comunicaciones pertinentes, cumplido, archívese.---------
RESOLUCIÓN MUNICIPAL N° 0160/92