Norma Número 109/92

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIGENTE DEROGADA

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

FIJA tarifa para el Servicio de Taxis, Radio Taxis, Tele Móvil y/o similares dentro del ejido municipal.

Texto de la Norma

ALLEN, 6 de mayo de 1993

ALLEN, 01 de Octubre de 1992.-

 

 

VISTO:

La Ordenanza Municipal N°108/92, mediante la cual se reglamenta el Servicio de Taxis, Radio-Taxis, Tele-Móvil y/o similares dentro del ejido municipal de la Ciudad de Allen; y

 

CONSIDERANDO

Que el Artículo 12 de la Ordenanza Municipal referida en el visto, faculta al Concejo Deliberante a fijar las tarifas de dicho servicio mediante ordenanza Municipal;

Que es facultad del Concejo Deliberante la sanción de las ordenanzas como organismo exclusivo y propia de la rama legislativa que representa;

Que en sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 1-10-92, según consta en Acta N° 128; se aprobó el pertinente Proyecto;

 

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1°:FIJESE la siguiente tarifa para el Servicio de Taxis, Radio-Taxis, Tele-Móvil y/o similares dentro del ejido municipal de la Cuidad de Allen.

Artículo 2°:La tarifa que se adjunta como Anexo I a esta Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir de la correspondiente promulgación por parte del Poder Ejecutivo Municipal.

Artículo 3°:Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archivase.

 

 

ORDENANZA MUNICIPAL N° 109/92.C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Res. 1416/92.
Deroga esta norma la O.M. 061/94.


Fechas

Descriptores que posee esta norma

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