Norma Número 108/92
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIGENTE DEROGADA
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Deroga la O.M. 018/83. Reglamenta el Servicio de Taxis, Radio Taxis, Tele móvil y/o similares. Establece requisitos para la habilitación comercial. Faculta al PEM a determinar cantidad y ubicación de las paradas. Crea el Registro de propietarios y/o conductores. Regula las inspecciones técnicas, desinfección, de control de extintor de incendios y de reloj taxímetro. Establece sanciones.
Texto de la Norma
Citas
Citas Doctorales
HABILITACIÓN DE REMISES
`` Es necesario que el Estado garantice a los ciudadanos la calidad, regularidad y continuidad de los servicios públicos.(Art.42 C.N.). El ciudadano debe tener la seguridad de poder exigir servicios eficientes y el Estado debe ejercer el poder regulatorio. Junto al Estado participarán las iniciativas privada y social, lo que permitirá la revalorización del servicio público, como prestación de uso y utilidad común. ( DROMI, Roberto; `` Derecho Administrativo'. Editorial Ciudad Argentina; Buenos Aires, 1998. P. 44)