Norma Número 108/92
   El alcance de esta norma es particular.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIGENTE DEROGADA
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Deroga la O.M. 018/83. Reglamenta el Servicio de Taxis, Radio Taxis, Tele móvil y/o similares. Establece requisitos para la habilitación comercial. Faculta al PEM a determinar cantidad y ubicación de las paradas. Crea el  Registro de propietarios y/o conductores. Regula las inspecciones técnicas, desinfección, de control de extintor de incendios y de reloj taxímetro. Establece sanciones.
 Texto de la Norma 
  
  
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
  HABILITACIÓN DE REMISES
`` Es necesario que el Estado garantice a los ciudadanos la calidad, regularidad y continuidad de los servicios públicos.(Art.42 C.N.). El ciudadano debe tener la seguridad de poder exigir servicios eficientes y el Estado debe ejercer el poder regulatorio. Junto al Estado participarán las iniciativas privada y social, lo que permitirá la revalorización del servicio público, como prestación de uso y utilidad común. ( DROMI, Roberto; `` Derecho Administrativo'. Editorial Ciudad Argentina; Buenos Aires, 1998. P. 44)