Norma Número 050/04

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE MODIFICADA

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Modifica el art. 4º O.M.125/96. Fija modalidades de pago para la ejecución de Obras Públicas.

Texto de la Norma

Allen, 15 de Julio de 2.004.-


VISTO
:

        
La Ordenanza Municipal N° 125/96, y

CONSIDERANDO:

         Que mediante dicha Ordenanza se aprueban las pautas generales para la ejecución de obras públicas por contribución de los vecinos frentistas;
Que la misma establece, entre otras cosas, las diferentes formas de pago por las que podrán optar los frentistas, como así también las Tasas de Interés a aplicar;
Que en razón de haberse sancionado la misma en el año 1996 algunos de los requerimientos indicados, no se adecuan a la realidad actual;
Que los montos que representan actualmente las diferentes obras públicas posibles de encarar, son elevados en relación con las posibilidades económicas de los vecinos en general;
Que esta situación hace necesario proporcionar a quienes deben hacer frente al pago de una cuota por contribución de mejoras, diferentes alternativas que hagan accesible la devolución del valor de la obra ejecutada;
Que asimismo se debe establecer un sistema de recuperación de los montos invertidos en aquellos casos en que sea necesario optar por un plan de financiación, indicando intereses a aplicar;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 15-07-04, según consta en Acta N° 683, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO
:

         El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A

Artículo 1
   MODIFICASE el Artículo 4° de la Ordenanza Municipal
N° 125/96, quedando redactado de la siguiente manera:
formas de pago por las que podrán optar los
frentistas son las siguientes:
a) Pago Contado: abona el monto equivalente al costo
de la obra.
b) Pago en doce (12) cuotas, fijas, iguales y conse-
cutivas con un interés de financiación del 6%
(seis por ciento) anual. En caso de adelantar cuo-
tas se hace un descuento del 5% (cinco por ciento)
por cuota adelantada.
c) Pago en veinticuatro (24) cuotas fijas, iguales y
consecutivas con un interés de financiación del 12
% (doce por ciento) anual. En caso de adelantar
cuotas se hace un descuento del 10% (diez por
ciento) sobre el monto de la cuota adelantada.
d) Pago en treinta y seis (36) cuotas fijas, iguales
y consecutivas con un interés de financiación del
18 % (dieciocho por ciento) anual. En caso de ade-
lantar cuotas se hace un descuento del 10 % (diez
por ciento) sobre el monto de la cuota adelantada.
e) Pagando una parte por adelantado, el saldo se po-
drá pactar en cuotas según lo indicado en los in-
cisos b), c) y d) del presente Artículo.
Artículo 2    DEROGASE el Artículo 5° de la Ordenanza Municipal N° 125/96, permaneciendo vigente el resto del articulado de la mencionada Ordenanza.
Artículo 3    Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, ar-
chívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/04.C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Res. 473/04.
Modificada por O.M. 076/04.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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