Norma Número 027/97
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. OBJETO CUMPLIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Deja sin efecto la adjudicación en favor del Sr. Efraín Soto la parcela de N.C. 04-1-C-138-A-13. Adjudica en venta al Sr. Mario Raúl Morales la parcela de N.C. 04-1-C-138-A-13.Fija el valor del terreno. Establece plazo de edificación.
Texto de la Norma
Allen, 10 de Abril de 1997.
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 149/85 de fecha 30 de Diciembre de 1985; y
CONSIDERANDO:
Que en la citada Ordenanza el Concejo Municipalidad adjudica en calidad de venta al Señor Efraín Soto la Parcela 13 (trece) de la Manzana 138-A (ciento treinta y ocho Sección C, con una Superficie de: 300 m2. (Trescientos metros cuadrados), denominado catastralmente como: 04-1-C-138-A-13;
Que en el Artículo 3° de la misma Ordenanza se establece un plazo de 90 días para que el adjudicatario inicie la / construcción de su vivienda, asimismo expresa que de no cumplirse con el plazo enunciado, el beneficiario pierde los derechos sobre el predio adjudicado volviendo el mismo bajo dominio municipal;
Que el Poder Ejecutivo ha constatado el incumpli-/ miento por parte del adjudicatario, Señor Efraín Soto al Artículo 3° de la citada Ordenanza;
Que la Parcela 13 de la Manzana 138 A Sección C, no fue ocupada por el Sr. Efraín Soto, por lo que las Tasas Retributivas devengadas, no corresponden y quedan sin efecto;
Que el Municipio recibe a diario solicitudes de compra de lotes municipales, entre los que se encuentra el pedido del Señor Mario Raúl Morales, vecino de nuestra ciudad, que reune las condiciones sociales para la adjudicación en venta de un lote;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el pertinente 10-04-97, según consta en Acta N° 334, se aprobó el proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo l°:
DESADJUDICASE al Señor Efraín Soto, D.N.I.10.185.114, la parcela 13 (trece) de la Manzana 138 A ( / ciento treinta y ocho , Sección C, cuyos linderos son: Al Norte Parcela Uno; al Este Parcela Cuatro; al Sur Parcela 12, todas de su misma Manzana 138 A Y al Oeste calle Oreste Amaya (tierra) en medio parte Quinta 012. Sus medidas son: Al Norte y Sur 24 m2. y al Este y Oeste 12,50 m2., respectivamente. Superficie: 300 m2. (Trescientos metros cuadrados) Nomenclatura Catastral 04-1-C-138-A-13. Datos consignados según características 343/84, confeccionado por el Agrimensor Francisco Ortiz, inscripto ante D.G.C. y T. de Río Negro N° 307 Y aprobado por la Dirección General de Catastro y Topografía de Río Negro con fecha 21 de Diciembre de 1984.
Artículo 2°:
ADJUDICASE al Señor Mario Raúl Morales D.N.I. 21. 533.837, el lote detallado en el Artículo anterior, el que únicamente podrá ser destinado para vivienda familiar, estipulándose que el precio del mismo / asciende a la suma de $ 1.068 (pesos mil sesenta y ocho), abonando la misma de acuerdo a los planes de pago según la Ordenanza Municipal en vigencia.
Artículo 3°:
Fijar como plazo máximo para el inicio de la construcción de la vivienda 90 (noventa) días. El no cumplimiento por parte del adjudicatario al / plazo antes enunciados provocará la perdida automática de los derechos sobre el bien adjudicado quedando el mismo bajo dominio municipal.
Artículo 4°:
El adjudicatario no podrá vender, transferir y/o / ceder los derechos emergentes de la presente sin autorización previa del Municipio.
Artículo 5°:
ESTABLECESE que la Parcela cuya Nomenclatura Catastral es: 04-1-C-138 A-13,
se encuentra libre de gravámenes tributarios Municipales hasta la publicación de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 6°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 027/97.-C.D.