Norma Número 009/92

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. OBJETO CUMPLIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Autoriza la visación del plano de mensura del inmueble NC: 04-1-B-005-01 B. Prohíbe el otorgamiento de todo permiso de construcción, hasta tanto no se encuentren ejecutadas las obras de infraestructura correspondientes a la provisión de los servicios exigidos por el Código Urbano.

Texto de la Norma

ALLEN, 12 de Marzo de 1992.-



VISTO:

La solicitud efectuada por el Centro de Empleados de Comercio de Allen, para ejecutar el plano de subdivisión del inmueble denominado catastralmente 04-1-B-005-01B,cuyo anteproyecto se adjunta como Anexo 1; y


CONSIDERANDO:

La Ordenanza Municipal Nº083/91 por la que dicho inmueble se incorpora al ejido urbano de Allen bajo la zonificación R3;

Que en dicho inmueble el Centro de Empleados de Comercio de Allen ejecutará un plan de viviendas destinado a sus socios y con recursos propios;

Que la totalidad de los servicios de infraestructura que exige el Código Urbano de la Ciudad de Allen para la zonificación establecida serán ejecutadas y financiados por el Centro de Empleados de Comercio de Allen, tanto en su acometida hasta el predio como dentro del mismo según el compromiso asumido por nota Nº 587-C del 13 de Diciembre de 1991 y que forma parte del Expediente Nº020 del año 1991, folios 004 y 005;

Que las factibilidades otorgadas por ENERGIA RIO NEGRO SOCIEDAD DEL ESTADO, DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS Y GAS DEL ESTADO están condicionadas a proyectos plazos y compromisos de ejecución de obras por parte del Centro Empleados de Comercio de Allen y forman parte del Expediente Nº020 del año 1991, folios 008, 009, 010, 011 y 012;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-3-92, según consta el Acta n°100, se aprobó el pertinente Proyecto;


POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


Artículo 1°: AUTORICESE la visación del plano de mensura del inmueble denominado catastralmente 04-1-B-005-01B cuyo anteproyecto se adjunta como anexo 1.


Artículo 2°: AUTORICESE como único destino de las tierras subdivididas, la ejecución de viviendas en un todo de acuerdo con la solicitud realizada y las exigencias establecidas por los Códigos de Edificación y Urbano de la Ciudad de Allen.


Artículo 3º: PROHIBESE el otorgamiento municipal de todo Permiso de Construcción hasta tanto no se encuentren ejecutadas las obras de infraestructura correspondientes a la provisión de los servicios exigidos por el Código Urbano de la Ciudad de Allen.


Artículo 4º: ASUMA el CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE ALLEN la totalidad de los compromisos económicos, técnicos y legales que surjan de los diferentes proyectos y ejecución de las obras de abastecimiento y distribución de los servicios de infraestructura exigidos.


Artículo 5º: NO AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL a asumir compromisos económicos, técnicos y legales que surjan de los diferentes proyectos y ejecución de las obras de abastecimiento y distribución de los servicios de infraestructura correspondientes al inmueble denominado catastralmente 04-1-B-005-01B.


Artículo 6º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.


ORDENANZA MUNICIPAL N° 009/92.C.D.-




Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales

CÓDIGO DE EDIFICACIÓN
Estado -en el caso concreto el municipio en el ámbito de la seguridad en materia edilicia-, si bien ejerce el poder de policía como una actividad lícita, debe asumirla como un deber. De ahí sigue que el incumplimiento de ese deber, al omitir la ejecución mínima exigible para evitar daños a los administrados, torna en ilícita la abstención(C.Civ. y Com. San Nicolás, 4/6/96, Marún, José y otro v. Nacif, Roberto J. Y otrosJA, 1997-IV-257).


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Fechas

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DESARROLLO URBANO

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