Norma Número 005/92

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. OBJETO CUMPLIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Autoriza la visación del plano de mensura del inmueble NC: 04-1-C-055 A-01. Autoriza la ocupación del inmueble mencionado, hasta la línea municipal de ochava reglamentaria, según Código Urbano.

Texto de la Norma

ALLEN, 6 de Marzo de 1992.-



VISTO:

La solicitud efectuada por la Secretaría de Obras Púbicas sobre el plano de mensura del inmueble 04-1-C-055A-01 para su tratamiento,

Que se trata de un plan de viviendas que data del año 1978,

Que sus habitantes no poseen sus respectivas escrituras; y


CONSIDERANDO:

Que existieron inconvenientes técnico-legales para realizar el correspondiente plano de mensura una vez finalizada la ejecución de la obra;

Que en el plazo transcurrido desde su ejecución hasta la presentación del plano de mensura a variado la reglamentación en vigencia;

Que a pesar de dicha variación, el único inconveniente que surge para cumplimentar la totalidad de los requisitos exigidos por el Decreto Nº385 del 15 de Abril de 1982, que define el Código Urbano de la ciudad de Allen, es el no poseer las ochavas reglamentarias;

Que las ochavas ejecutadas responden a lo exigido por la reglamentación vigente durante el periodo de proyecto de la obra, aprobación y ejecución del mismo;

Que las dimensiones de la ochavas establecidas por el Código Urbano persiguen como objetivo fundamental ofrecer la mayor seguridad y visibilidad posible para la circulación peatonal y vehicular, respectivamente;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 6-3-92, continuación del cuarto intermedio acordado el día anterior, según consta el Acta 99, se aprobó el pertinente Proyecto;


POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


Artículo 1°: AUTORICESE excepcionalmente la visación del plano de mensura del inmueble 04-1-C-055A-01.


Artículo 2°: AUTORICESE la ocupación del suelo en futuras construcciones de los inmuebles resultantes de dicho plano de mensura hasta la línea municipal de ochava reglamentaria de acuerdo al Código Urbano en vigencia.


Artículo 3º: ESTABLEZCASE explícitamente en el plano de mensura la restricción de uso determinada en el Artículo 2º.


Artículo 4º: INFORMESE fehacientemente a los titulares de los inmuebles afectados de la restricción de uso determinada en el Artículo 2º.


Artículo 5º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.


ORDENANZA MUNICIPAL N° 005/92.C.D.-




Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Resol. 309
RI: Código Urbano /1982

Fechas

Descriptores que posee esta norma

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