Norma Número 003/92

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Autoriza la venta y comercialización de productos alimenticios que tengan marca registrada y en envase original. Establece régimen de sanciones por incumplimiento.

Texto de la Norma

ALLEN, 06 de Marzo de 1992.-



VISTO:

La Emergencia Sanitaria decretada por el Gobierno de la Provincia de Río Negro ante la epidemia de cólera desatada en nuestro país; y


CONSIDERANDO:

Que es necesario intensificar los controles bromatológicos sobre los productos alimenticios y su correspondiente comercialización;

Que el no cumplimiento de estos controles significa un factor de alto riesgo para la propagación del virus del cólera;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 6-3-92, continuación del cuarto intermedio acordado el día anterior, según consta el Acta 99, se aprobó el pertinente Proyecto;


POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


Artículo 1°: AUTORIZASE solamente la venta y comercialización en la vía pública de productos alimenticios que contengan marca registrada y contenidos en su envase original.


Artículo 2°: El no cumplimiento de lo normado en el Artículo 1º, dará lugar al decomiso inmediato de toda la mercadería, sin perjuicio de la infracción o multa que le pudiera corresponder.


Artículo 3º: Una vez determinada la aptitud de los productos alimenticios, se procederá según lo establecido en el Capítulo III (Del Comiso), Artículo Nº35 del Código de Faltas - Ordenanza Municipal Nº027/72.


Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.


ORDENANZA MUNICIPAL N° 003/92.C.D.-




Citas


Citas Doctorales

INFRACCIONES
...En suma: no hay una policía general distinta de la policía especial, menos hay una policía jurídicamente distinta del orden y la seguridad, y otra del bienestar y de la economía. Podrá, entonces, definírsela como la manifestación de autoridad de la Administración pública, que, en ejecución de normas legislativas previas, limita la libertad y los derechos individuales, ante las posibles perturbaciones que se ocasionen a la satisfacción de los bienes comunes, manifestándose por medio de actos administrativos ejecutorios de coacción directos. La técnica jurídica de la coacción se justifica por el contenido que debe cumplir y por tratarse siempre de actos administrativos, por eso la policía es un sector de la función administrativa.
El concepto jurídico de policía sufre, empero, cierta crisis cuando se identifican derechos naturales e ideologías políticas con normas jurídicas, pues son aquellos los que se hallan en crisis y no la técnica jurídica que utiliza para hacer efectivo el primero(FIORINI, Bartolomé; AdministrativoEditorial Abeledo-Perrot, Buenos Aires; 1995. T.II, p. 27).


Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Resol. 307.
Modificada por O . M . 176/92.
Es complementaria de la O.M. 081/84. Al agregar como requisito adicional para la venta de productos alimenticios en la vía pública que éstos contenga marca registrada y contenido en su envase original.
Establece la aplicación del Código de Faltas vigente a la sanción OM 27/72, que fue reemplazado por el actual Código de Faltas OM 052/95.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

SALUD PÚBLICA RÉGIMEN DE FALTAS COMERCIO

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