Norma Número 116/95
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Suspende por el término de 180 días corridos, la aplicación de la multa indicada en el art. 38, anexo I de la O.M. 016/92, para el empadronamiento de la documentación correspondiente a obras de ejecución sin autorización.
Texto de la Norma
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Resol. 1180/95
La presente, suspende por 180 días, la aplicación de la multa prevista en la OM 016/92, que a su vez, está modificada por la OM 160/93; 103/94 y 013/95.
Fechas
- Fecha sanción:
16 / 11 /
1995
- Fecha promulgación:
27 / 11 /
1995
- Fecha publicación:
18 / 12 /
1995
Descriptores que posee esta norma
DESARROLLO URBANO
RÉGIMEN DE FALTAS
Adjuntos
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