Norma Número 116/95
   El alcance de esta norma es particular.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Suspende por el término de 180 días corridos, la aplicación de la multa indicada en el art. 38, anexo I de la O.M. 016/92, para el empadronamiento de la documentación correspondiente a obras de ejecución sin autorización.
 Texto de la Norma 
  
    
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Resol. 1180/95
La presente, suspende por 180 días, la aplicación de la multa prevista en la OM 016/92, que a su vez, está modificada por la OM 160/93; 103/94 y 013/95.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  16 / 11 /
  1995
  
 
  - Fecha promulgación:
  27 / 11 /
  1995
  
 
  - Fecha publicación:
  18 / 12 /
  1995
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
DESARROLLO URBANO  
    
  
RÉGIMEN DE FALTAS  
    
  
 Adjuntos 
  
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