Norma Número 116/95

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Suspende por el término de 180 días corridos, la aplicación de la multa indicada en el art. 38, anexo I de la O.M. 016/92, para el empadronamiento de la documentación correspondiente a obras de ejecución sin autorización.

Texto de la Norma


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Resol. 1180/95
La presente, suspende por 180 días, la aplicación de la multa prevista en la OM 016/92, que a su vez, está modificada por la OM 160/93; 103/94 y 013/95.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

DESARROLLO URBANO RÉGIMEN DE FALTAS

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