Norma Número 067/94
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. OBJETO CUMPLIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Adjudica en venta al Sr. Oscar C. Solis Jara, el terreno NC: N-041-7 A. Fija el valor de la tierra.
Texto de la Norma
ALLEN, 26 de Mayo de 1994.-
VISTO:
La nota remitida por el Sr. Solís Jara, Oscar Celestino D.N.I. 92.949.335 por la cual solicita la regularización sobre un terreno ubicado en el Barrio La Costa Oeste, cuya designación catastral es: Lote 7A, Quinta 041-Sección N; y
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Solis Jara, Oscar Celestino, ha construido según el informe del Departamento de Obras Particulares del Poder Ejecutivo Municipal, más del 30% de una vivienda tipo;
Que de acuerdo a la documentación obrante, en el expediente el lote se encuentra en situación legal para ser vendido;
Que es intención de este Concejo Deliberante apoyar toda iniciativa de los ciudadanos, que por esfuerzo propio construyen su vivienda propia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 26-05-94, según consta en Acta N° 203, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: ADJUDICASE en venta al Sr. Solis Jara, Oscar Celestino D.N.I. 92.949.335; el terreno cuya designación Catastral es: N-041-7A con una superficie
de cuatrocientos metros cuadrados (400 m.2.), siendo sus medidas: Norte y Sud: diez metros (10,00 m.) Este y Oeste: cuarenta metros (40,00).Siendo sus linderos:
Norte: parte de la Parcela 2; Sur: calle; Este: Parcela 6 y Oeste: Parcela 7B.
Artículo 2°: FIJASE el valor de la tierra según Ordenanzas Municipales N° 166/92 y 159/93.
Artículo 3°: El adjudicatario no podrá transferir, ni vender los derechos emergentes de la presente, hasta que cumplimente el pago pertinente sobre el lote adjudicado. De producirse lo contrario, perderá los derechos legales sobre el bien adjudicado.
Artículo 4°: Cumplidos los artículos 2° y 3° de a presente Ordenanza Municipal a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos - Departamento de Catastro y Tierras Fiscales del Poder Ejecutivo Municipal, se procederá a extender el respectivo Título de Propiedad.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 067/94.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Resol. 929/94
Fechas
- Fecha sanción:
26 / 5 /
1994
- Fecha promulgación:
22 / 6 /
1994
- Fecha publicación:
5 / 7 /
1994
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TIERRAS FISCALES
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