Norma Número 068/95
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Condona el 50 % de la deuda por Tasas Retributivas hasta el 4° bimestre del año 1995 inclusive, al Sr. Jorge O. Figueroa, NC: B-351-02. Establece plan de pagos por el saldo.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 27 de Julio de 1995.-
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Jorge Osvaldo Figueroa; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retributivas;
Que según encuesta socio-económica, la situación imperante del grupo familiar del solicitante, no le permite satisfacer sus necesidades y demandas mínimas, por lo que se encuentran condicionados para el pago de las Tasas Retributivas;
Que el Art. 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de Justicia Social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 27-07-95, según consta en Acta N° 255, se decidió aprobar el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 
ORDENANZA
Artículo 1°: CONDONASE el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda 
de Tasas Retributivas hasta el cuarto bimestre del 
año 1995 inclusive, a la nomenclatura catastral B-
351-02.- 
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 90 (noventa) días a partir 
de la vigencia de la presente, para regularizar el 
saldo de la deuda.-
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el Art.
2°, la condonación efectuada en el Art.1° quedará
sin efecto.
Artículo 4°: Para el caso de que el saldo de la deuda se regularice a través de un plan de pago, se establece que: a la sexta cuota consecutiva impaga, caduca la condonación efectuada por esta Ordenanza.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 068/95.-C.D
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Res. 827/95.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  27 / 7 /
  1995
  
 
  - Fecha promulgación:
  7 / 8 /
  1995
  
 
  - Fecha publicación:
  18 / 8 /
  1995
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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