Norma Número 049/95
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. OBJETO CUMPLIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Adjudica en venta al Sr. Clavería, Julio Nestor, LE: 14.530.392, la parcela NC: Q-04-1-N-031 B-13. Fija el valor del lote.
Texto de la Norma
Allen, 15 de Junio de 1995.-
VISTO:
La nota remitida ante este Concejo Deliberante por la Sra. Marga Haydee Pino en nombre de su cónyuge Julio Nestor Clavería; yCONSIDERANDO: Que por la cual solicita la adjudicación en venta del lote cuya designación catastral es: 04-1-N-031-B-13 ubicado en el Barrio La Costa Oeste;
Que el Departamento de Catastro y Tierras fiscales de la Secretaría de Planeamiento de la Municipalidad de Allen informa por Memorandum N°028/95 que el ocupante del lote mencionado es el señor Clavería, aportando todos los datos catastrales correspondientes;
Que por las razones expuestas en el segundo considerando el Concejo Deliberante mediante el artículo 28° inciso f) tiene atribuciones para otorgar lo solicitado;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 15-06-95, según consta en Acta N° 249, se decidió aprobar el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: ADJUDICASE en venta al Sr. Clavería Julio Néstor, L.
E.14.530.392 la parcela designada catastralmente: Q-04-1-N-031-B-13; siendo sus medidas: al NE y SO: Veinte metros (20,00m.) y al NO y SE: Diez metros (10,00m.); teniendo una SUPERFICIE de: Doscientos metros cuadrados (200 m2) y siendo sus linderos de: al NE: Parcela catorce (14); al SE: Parte Parcela diez (10); al SO: Parcela doce (12) los tres rumbos citados de su misma quinta y plano de subdivisión y al NO: Calle que se afecta, en medio parte de la Quinta 031 A.-
Artículo 2°: FIJASE el valor del lote que se detalle en el Artículo 1° de la presente Ordenanza de acuerdo a la Ordenanza Municipal N° 159/93, no pudiendo el adjudicatario transferir o vender a terceros dicho lote hasta no cumplimentar el pago total del mismo.-
Artículo 3°: CUMPLIDO el Artículo 2° de la presente Ordenanza Municipal, el Departamento de Catastro y Tierras Fiscales de la Secretaría de Planeamiento de la Municipalidad de Allen se procederá a extender el respectivo título de propiedad.-
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 049/97.-C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Resol. 0680/95
Fechas
- Fecha sanción:
15 / 6 /
1995
- Fecha promulgación:
27 / 6 /
1995
- Fecha publicación:
13 / 7 /
1995
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