El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: VIGENTE
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 11 de Diciembre de 2.025.
VISTO:
La Nota presentada por los Sres. Dora Gómez -DNI 11.679.106 y Juan Carlos Reyes -DNI 10.769.859; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, solicitan condonación de la deuda que mantienen con el Municipio en concepto de Uso de Espacio Público y Tasas Retributivas correspondiente a la N.C. 04-1-C-273-04-F011;
Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado, encontrándose en Expedientes Legislativos, certificados de discapacidad de ambos e informe social que acredita su vulnerable situación económica;
Que mediante Ordenanza Municipal 102/2020.C.D., se condonó la deuda existente en concepto de Tasas Retributivas y Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio, siendo la Sra. Gómez -DNI 11.679.106, responsable tributaria de ambas;
Que el informe remitido por el Poder Ejecutivo Municipal no refleja la condonación otorgada oportunamente;
Que el Artículo 76º de la Carta Orgánica Municipal, en uno de sus párrafos expresa: "…las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia…";
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-12-2025, según consta en Acta Nº 1579, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: DESE CUMPLIMIENTO a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 102/2020.C.D., por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2°: CONDÓNASE la deuda existente de Tasas Municipales, en concepto de Tasas Retributivas correspondiente a la N.C. 04-1-C-273-04-F011, Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio y Uso de Espacio Público en Feria “El Bosquecito”, a su responsable tributaria Sra. Dora Gómez -DNI 11.679.106.
Artículo 3°: INCLÚYANSE en los alcances de la Ordenanza Municipal Nº 083/19.C.D., a los Sres. Juan Carlos Reyes -DNI. 10.769.859 y Dora Gómez -DNI 11.679.106, a partir del momento de la entrada en vigencia de la presente.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 077/2025.C.D.-
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