El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: VIGENTE
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 11 de Septiembre de 2025.-
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 134/2024.C.D., la solicitud N° de Mesa de Entrada 400-01861-25, realizada por la Sra. Argentina Muñoz DNI 4.975.580; y
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Muñoz solicita, mediante Nota N° de Mesa de Entrada 400-01861-25 transferir los adelantos construidos en el Lote designado catastralmente como 04-1-N-031B-07-F000, a su hija, la Sra. Viviana Sandra Espinoza DNI 24.140.348;
Que la Sra. Muñoz fue reconocida como Ocupante del Lote mencionado en el Considerando anterior, en fecha 23 de mayo de 2013, conforme Acta Nº 1062;
Que asimismo, en la Nota Nº 356/13.C.D., se le informa a la Sra. Muñoz que "...el Lote no puede ser vendido ni cedido a terceros y en cuanto a los adelantos construidos (...) deberá solicitar autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo...";
Que conforme al relevamiento realizado por la Dirección de Obras Particulares, dependiente de la Secretaría de Planeamiento, se constata que la Sra. Muñoz reside en el Lote N.C. 04-1-N-031B-07, desde hace veinte(20) años, aproximadamente;
Que el Lote solicitado es Propiedad de la Municipalidad de Allen;
Que mediante Ordenanza Municipal N° 134/2024.C.D. se ha encomendado a la Secretaría de Planeamiento, la realización de los trámites administrativos de conformidad con las previsiones de la Ordenanza Municipal N° 027/2024.C.D. para el reconocimiento de Ocupación y/o transferencia de adelantos sobre tierras de propiedad del Fisco Municipal;
Que el reconocimiento de Ocupación se efectúa a fin de que la Sra. Viviana Sandra Espinoza DNI 24.140.348 pueda realizar los correspondientes cambios en la provisión de los servicios domiciliarios básicos;
Que el reconocimiento de Ocupación no obliga al Estado Municipal a realizar las gestiones relacionadas con la provisión de los servicios domiciliarios del Lote N.C. 04-1-N-031B-07;
Que la entrega del mismo no otorga a la Sra. Viviana Sandra Espinoza DNI 24.140.348 derecho alguno de propiedad o de posesión sobre la tierra;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-09-25, según consta en Acta Nº 1570, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORÍZASE a la Sra. Argentina Muñoz DNI 4.975.580 a transferir los adelantos del Lote N.C. 04-1-N-031B-07 a favor de la Sra. Viviana Sandra Espinoza DNI 24.140.348, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2°: ESTABLÉCESE que el Reconocimiento de Ocupación es al solo efecto de conectar los servicios domiciliarios correspondientes a la zona y que el mismo alcanza en forma exclusiva y excluyente a la Sra. Viviana Sandra Espinoza DNI 24.140.348.
Artículo 3°: ESTABLÉCESE que la beneficiaria no podrá vender, ni ceder en préstamo o en alquiler el Lote asignado, ya que el inmueble registra como Propietario a la Municipalidad de Allen.
Artículo 4°: ESTABLÉCESE que la Sra. Viviana Sandra Espinoza DNI 24.140.348 no podrá ser incluida, bajo ningún concepto, en nuevas ventas de Lotes de propiedad Municipal.
Artículo 5°: COMUNÍCASE al Poder Ejecutivo Municipal y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial dependiente de la Secretaría de Planeamiento, de la presente Ocupación y a la Dirección General de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario a la Sra. Viviana Sandra Espinoza DNI 24.140.348 de la N.C. 04-1-N-031B-07.
Artículo 6: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, ar- chívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 036/2025.C.D.-
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