Norma Número 016/25

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

MODIFÍCA el Artículo 8° y el Artículo 10°de la Ordenanza Municipal Nº 006/16.C.D.

Texto de la Norma

Allen, 26 de Junio de 2025.

 

VISTO:

La necesidad del deber de limpieza del contribuyente en el terreno baldío de su propiedad, en condiciones libres de maleza, basura, etc.; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el incumplimiento de esta obligación por parte de los propietarios, poseedores y/o encargados de pago del inmueble a limpiar, genera un malestar a vecinos lindantes;

Que en muchos casos, la intimación no se puede cursar en el lote baldío, siendo la publicación de Edictos, la notificación como última instancia;

Que entendemos, en virtud de lo expuesto, es necesario modificar los Artículos 8° y 10° de la Ordenanza Municipal Nº 06/16.C.D., a los fines de regular sobre el tema;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 26-06-2025, según consta en Acta Nº 1561, se aprobó el pertinente Proyecto;

 

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1°: MODIFÍCASE el Artículo 8° de la Ordenanza Municipal Nº 006/16.C.D, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Vencido que fuere el plazo de notificación y si subsistiere el incumplimiento se procederá a la limpieza del lote por parte de la Municipalidad, registrándose como deuda sobre el lote el costo del trabajo. Asimismo, se interpondrá una multa que tendrá los siguientes valores:

a)Terrenos Baldíos hasta 300 mts2--------300 USAM

b)Terrenos baldíos superiores a 300 mts2, se calculará 1, 2 USAM por cada mts2 del espacio.”

Artículo 2°: MODIFÍCASE el Artículo 10° de la Ordenanza Municipal Nº 006/16.C.D., el cual quedará redactado de la siguiente manera: “En caso de reincidencia en la no limpieza de terrenos baldíos por parte del propietario o poseedor del mismo, la multa prevista en el Artículo 8° de la presente se duplicará.”

Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016/2025.C.D.-

Citas


Citas Doctorales

¡Las citas doctorales están vacías!


Citas Jurisprudenciales

¡Las citas jurisprudenciales están vacías!


Comentarios

Promulgada según Resolución Municipal N° 1176/2025.

Fechas

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MEDIO AMBIENTE Y SALUD AMBIENTAL

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