El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: VIGENTE
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 04 de Julio de 2.024.
VISTO:
Las Notas presentadas por el Sr. Roberto Cifuentes -DNI 18.556.466; y
CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas solicita autorización, por vía de excepción a la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D., Plan Rector de Allen, a fin de realizar la subdivisión de la Chacra 004, N.C. 04-1-J-004-04A, en tres lotes;
Que dicha parcela se encuentra ubicada sobre el Acceso Martín Güemes, dentro de la Zona Rural de nuestra localidad, según el Plan Rector;
Que el Sr. Cifuentes tiene como propósito realizar un emprendimiento de carácter Agroindustrial, que representa un incremento tanto en la actividad comercial como en puestos de trabajo;
Que dicho proyecto consta de cuatro etapas, a saber:
*1° Etapa: a) construcción de un edificio de 3000m2 aproximadamente, para la conservación y congelamiento de productos de manera totalmente ecológica y sin derrames cloacales, con reciclado de fluidos altamente ecológicos; b) construcción de una sala de máquinas con las mismas especificaciones que lo anterior, sin derrames de cloacas.
*2° Etapa: construcción de un galpón cubierto de 1200 a 1500 mts2 aproximadamente para la manipulación, descarga y puesta a punto del producto.
*3° Etapa: construcción de un edificio de 3000m2 aproximadamente, para la conservación y maduración del producto sin derrames cloacales.
*4° Etapa: construcción de un edificio para la manipulación y procesamiento del producto para su comercialización;
Que es decisión de este Cuerpo Colegiado aprobar la concreción de la 1° y 2° Etapa, estipulando un lapso de tiempo de tres años para ello;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 04-07-2024, según consta en Acta Nº 1520, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORÍZASE, por vía de excepción a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 086/16.C.D., Plan Rector de Allen, al Sr. Roberto Cifuentes -DNI 18.556.466, a proceder a la subdivisión de la Chacra 004; N.C. 04-1-J-004-04A, según plano que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2°: AUTORIZASE solo la concreción de la 1° y 2° Etapa del emprendimiento, a saber: 1° Etapa: a) construcción de un edificio de 3000m2 aproximadamente, para la conservación y congelamiento de productos de manera totalmente ecológica y sin derrames cloacales, con reciclado de fluidos altamente ecológicos; b) construcción de una sala de máquinas con las mismas especificaciones que lo anterior, sin derrames de cloacas. 2° Etapa: construcción de un galpón cubierto de 1200 a 1500 mts2 aproximadamente para la manipulación, descarga y puesta a punto del producto.
Artículo 3°: ESTABLECESE el término de tres (3) años a partir de la entrada en vigencia de la presente, para la efectiva realización de la subdivisión y de las etapas referidas en el Articulo 2°, quedando ésto supeditado a dicho lapso de tiempo.
Artículo 4°: ESTABLECESE que la aprobación de la 3° y 4° Etapa quedan condicionadas al cumplimiento de la presente.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 046/2024.C.D.-
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