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Norma Número 012/24

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

PROCEDE a elegir y designar en el cargo de Juez de Faltas Municipal Suplente a la Abogada Eugeniffe Marcela Tapia.

Texto de la Norma

Allen, 09 de Abril de 2024.

 

VISTO:

El llamado a Concurso Público de Antecedentes y Oposición para la designación de Juez de Faltas Municipal Suplente efectuada por el Poder Ejecutivo Municipal conforme O.M. N° 140/10.C.D. y la Nota 073/24; y

 

 

CONSIDERANDO:

Que el cargo está previsto en el Titulo IX- Capitulo Único- Articulo 117° de la Carta Orgánica Municipal, reglamentado por la Ordenanza Municipal N° 140/10.C.D.;

Que en cumplimiento del Artículo 4° de la mencionada Ordenanza, el Poder Ejecutivo Municipal, remitió la nómina y legajos de los postulantes al cargo de Juez de Faltas Suplente que han reunido los requisitos formales;

Que analizada la documentación de las seis abogadas que cumplen con la totalidad de los requisitos;

Que según el Artículo 5° de la O.M. 140/10.C.D. el Concejo Deliberante deberá proceder a la elección y designación del Juez Municipal de Faltas Suplente;

Que en Sesión Secreta del Concejo Deliberante, celebrada el 09-04-2024, según consta en Acta N° 1507 se ha reunido la mayoría especial necesaria prevista en la Carta Orgánica Municipal para la designación del cargo que nos ocupa; 

 

 

POR ELLO:

 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1°: PROCEDESE a elegir y designar en el cargo de Juez de Faltas Municipal Suplente a la Abogada Eugeniffe Marcela Tapia, DNI 32.645.853, con las atribuciones y deberes previstos en la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Municipal Nº 140/10.C.D.

Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012/2024.C.D.

Citas


Citas Doctorales

¡Las citas doctorales están vacías!


Citas Jurisprudenciales

¡Las citas jurisprudenciales están vacías!


Comentarios

Promulgada según Resolución Municipal N° 0526/2024.

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