Norma Número 149/96

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Prorroga la O.M. 003/95B que declara el Estado de Emergencia Económica.

Texto de la Norma

Allen, 20 de Diciembre de 1996.-

VISTO:
La Ordenanza N° 003/95 sancionada el 28 de Diciem-/
bre de 1995; y

CONSIDERANDO:
Que no obstante las medidas adoptadas por la citada
Ordenanza, aún no se han podido superar las circunstancias excep-
cionales que dieran lugar a su sanción;
Que en tales condiciones se estima indispensable /
disponer la prórroga del estado de emergencia, por un nuevo perío-
do de doce meses, contados a partir de la finalización de la vi-
gencia de la Ordenanza 003/95, a fin de posibilitar la culmina-
ción del proceso de recuperación económica de la Municipalidad;
Que para lograr tal objetivo habrá que poner en eje-
cución mecanismos que posibiliten el eficaz cumplimiento de las
metas trazadas, dirigidas a formular y promover la ejecución ad-
ministrativa de las políticas que resulten de la racionalización
del gasto en el límite de los recursos disponibles y el mejor uso de gastos;
Que el contexto socio-económico actual en que se /
desenvuelve la comunidad de Allen dificulta contar con una recau-
dación de los ingresos previstos en el Código Fiscal en un nivel
razonable;
Que es necesario adecuar la estructura orgánica y
funcional de la Municipalidad, ajustando la existencia de la mis-
ma a las necesidades reales;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 20-12-96, según consta en Acta N° 327, se aprobó el
pertinente proyecto;

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: PRORROGASE la vigencia de la Ordenanza N° 003/95 /
que declara el estado de emergencia económica, fi-
nanciera y administrativa de la Municipalidad de /
Allen por un plazo de doce meses, contados a partir
de la finalización de la vigencia de la Ordenanza
N° 003/95, con el fin de superar la situación de
emergencia creada por las graves circunstancias
económicas financieras que padece la Municipalidad.
Artículo 2°: PRORROGASE por igual término que lo dispuesto en el artículo anterior, la aplicación del artículo 2° de la Ordenanza 003/95.Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 149/96.-C.D-




Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Resol. 1581/96

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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