Norma Número 147/96
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Acepta lotes en pago de la deuda municipal en concepto de Tasa Retributiva e Impuesto al Terreno Baldío, parcela 04-B-670-01.
Texto de la Norma
Allen, 12 de Diciembre de 1996.-
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 046/95; y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma acepto la propuesta oportunamente presentada por la Sra. Honoria Maza Vda. de Gazari para saldar la deuda mantenida con la Municipalidad y generada por la parcela de su propiedad designada catastralmente como o 04-1-B-670-01, mediante la entrega en propiedad de lotes resultantes de una subdivisión proyectada a realizar;
Que el fallecimiento de la Sra. Honoria Maza interrumpió el desarrollo de dicho fraccionamiento, y en consecuencia el cumplimiento de los términos acordados;
Que tanto a efectos de realizar el fraccionamiento proyectado como de resolver el juicio sucesorio se hace necesario contar con el libre deuda de este inmueble;
Que los sucesores declarados en juicio, representados por el administrador judicial designado, hicieron una nueva presentación en la que proponen continuar con el desarrollo del acuerdo anterior, a fin de llevarlo a termino a la brevedad;
Que el valor actual de los lotes ofrecidos en cancelación resulta acorde con la deuda a saldar;
Que es de interés y beneficioso para la Municipalidad obtener a corto plazo la posesión de los ofrecidos;
Que en Sesión Ordinaria de Consejo Deliberante, celebrada el 12-12-96, según consta en Acta N° 326, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Consejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°:
ACEPTESE la propuesta de los sucesores de la Sra. Honoria Maza, recibiéndose en la pago de la deuda municipal generada por la parcela 04-1-B-670-01, la cantidad de ocho (8) lotes identificados con números del 1 al 8 en el anteproyecto de fraccionamiento visado por el Departamento de Catastro y Tierras Fiscales de la Municipalidad en fecha 03/04/95. La Superficie del lote 1 es de 302,80 m2. y la de los restantes, de 310,80 m2. cada uno.
Artículo 2°:
ESPECIFIQUESE que la deuda saldada corresponde a las Tasas Retributivas producidas hasta el mes de Octubre de 1996
inclusive y al impuesto al Baldío comprendiendo la totalidad de mismo año 1996.
Artículo 3°:
DETERMINESE que las parcelas deberán transferirse a la Municipalidad con la dotación a cargo de los propietarios, de iguales servicios que el resto del fraccionamiento: agua corriente, alumbrado publico y gas natural.
Artículo 4°:
ESTABLECESE que la Municipalidad tendrá por cumplida la condición de libre de deuda a fin de otorgar visado al plano de mensura y fraccionamiento, acto a partir del cual podrá tomar posesión de los lotes aceptados en pago.
Artículo 5°:
DEJASE previsto que una vez en condición de tomar la posesión de los inmuebles aceptados en pago, la Municipalidad dará por cancelada la deuda especificada en el Artículo 2° a fines de la emisión de certificados libre deuda.
Artículo 6°:
FIJASE como plazo máximo para la resolución de los aspectos sucesorios que permitan a la Municipalidad efectuar la transmisión de dominio a su favor, el de trescientos sesenta (360) días a partir de la sanción de la presente Ordenanza.
Artículo 7°:
AUTORICESE al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio que pudiera resultar necesario para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo 8°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archivase.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 147/96.-C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Resol. 1588/96
Fechas
- Fecha sanción:
12 / 12 /
1996
- Fecha promulgación:
23 / 12 /
1996
- Fecha publicación:
23 / 12 /
1996
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
Adjuntos
Esta norma no tiene archivos adjuntos
Ver Adjuntos |