El alcance de esta norma es general.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: VIGENTE
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 21 de Diciembre de 2.022.
VISTO:
La necesidad de dictar la Ordenanza Municipal de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Municipal para el Ejercicio 2023, conforme a lo establecido en los Artículos 29°, 30° y 38° Inc. d) de la Carta Orgánica Municipal;
La Ordenanza Municipal Nº 091/94.C.D., de Administración Financiera; y
Que la Ordenanza de Presupuesto es el instrumento jurídico y técnico que determina el marco legal necesario para el correcto funcionamiento de la Administración Municipal;
Que resulta necesaria la aprobación del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2023, dado que su confección se ajusta a las normas legales aplicables;
Que el Poder Ejecutivo Municipal elevó el Proyecto de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2023;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 21-12-2022, según consta en Acta Nº 1455, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
TÍTULO I
Disposiciones Generales del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Municipal
Artículo 1°: FÍJANSE en la suma de Pesos Tres Mil Doscientos Setenta Millones Setecientos Trece Mil Quinientos Cincuenta y Nueve con 86/100 ($3.270.713.559,86) el total de Gastos Corrientes y de Capital del Presupuesto General de la Administración Municipal (Administración Central y Organismos Descentralizados), para el Ejercicio 2023, conforme a los Cuadros Anexos 1 al 8 que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°: ESTÍMASE en la suma de Pesos Tres Mil Doscientos Setenta y Cinco Millones Quinientos Ochenta Mil Quinientos Cuarenta y Dos con 24/100 ($3.275.580.542,24) el Cálculo de Recursos Corrientes y de Capital de la Administración Municipal, para el Ejercicio 2023, conforme al Cuadro Anexo 9 que forma parte integrante de la presente.
Artículo 3º: FÍJANSE en la suma de Pesos Dos Millones ($2.000.000) los importes correspondientes a Gastos Figurativos para Transacciones Corrientes de la Administración Municipal, quedando en consecuencia establecido el Financiamiento por Contribuciones Figurativas de la Administración Municipal en la misma suma, conforme a los Cuadros Anexos 10 y 11 que forman parte integrante de la presente.
Artículo 4º: Como consecuencia de lo establecido en los Artículos 1°, 2° y 3° el resultado financiero superavitario queda estimado en la suma de Pesos Cuatro Millones Ochocientos Sesenta y Seis Mil Novecientos Ochenta y Dos con 38/100 ($4.866.982,38), indicándose las Fuentes y Aplicaciones Financieras en los Cuadros Anexos 12, 13, 14 y 15 que forman parte integrante de la presente.
TÍTULO II
Detalle del Presupuesto de Gastos del Poder Ejecutivo
Artículo 5º: FÍJANSE en la suma de Pesos Dos Mil Novecientos Cuarenta y Seis Millones Novecientos Trece Mil Novecientos Noventa Con 43/100 ($2.946.913.990,43) el total de Gastos Corrientes y de Capital del Poder Ejecutivo, para el Ejercicio 2023.
Artículo 6º: FÍJANSE en trescientos setenta y cinco (375) cargos, la planta de personal del Poder Ejecutivo, para el Ejercicio 2023.
TÍTULO III
Detalle del Presupuesto de Gastos del Concejo Deliberante
Artículo 7º: FÍJANSE en la suma de Pesos Doscientos Treinta y Seis Millones Trescientos Nueve Mil Quinientos Cuarenta y Dos con 85/100 ($236.309.542,85) el total de Gastos corrientes y de Capital del Concejo Deliberante, para el Ejercicio 2023.
Artículo 8º: FÍJANSE en treinta y ocho (38) cargos la planta de personal del Concejo Deliberante, para el Ejercicio 2023.
TÍTULO IV
Detalle del Presupuesto de Gastos del Tribunal de Cuentas
Artículo 9º: FÍJANSE en la suma de Pesos Sesenta y Cinco Millones Setecientos Cincuenta Mil Veintiuno con 58/100 ($65.750.021,58) el total de Gastos Corrientes y de Capital del Tribunal de Cuentas, para el Ejercicio 2023.
Artículo 10º: FÍJANSE en trece (13) cargos la planta de personal del Tribunal de Cuentas para el Ejercicio 2023.
TÍTULO V
Detalle del Presupuesto de Gastos del Instituto Municipal de Urbanismo y Vivienda
Artículo 11º: FÍJANSE en la suma de Pesos Veintiún Millones Setecientos Cuarenta Mil Cinco con 00/100 ($21.740.005,00) el total de Gastos Corrientes y de Capital del Instituto Municipal de Urbanismo y Vivienda, para el Ejercicio 2023.
Artículo 12º: FÍJANSE en tres (03) cargos la planta de personal del Instituto Municipal de Urbanismo y Vivienda, para el Ejercicio 2023.
TÍTULO VI
OTRAS DISPOSICIONES
Artículo 13º: El titular del Poder Ejecutivo, previa intervención de la Secretaría de Hacienda, distribuirá los créditos de la presente Ordenanza al máximo nivel de desagregación previsto en los clasificadores y en las aperturas programáticas o categorías equivalentes que estime pertinentes.
Artículo 14º: La presente Ordenanza prevalece sobre toda otra que disponga o autorice gastos. Toda nueva Ordenanza que disponga o autorice gastos no será aplicada hasta tanto no sea modificado el Presupuesto General de la Administración Municipal, para incluir en él, sin efecto retroactivo, los créditos necesarios para su atención. En todo Proyecto de Ordenanza que, directa o indirectamente, modifique la composición o el contenido del Presupuesto General, deberá tener intervención previa la Secretaría de Hacienda y la Contaduría Municipal, caso contrario será considerado nulo.
Artículo 15º: La Secretaría de Hacienda queda facultada para requerir a las Instituciones, toda la información que considere necesaria para el cumplimiento de los objetivos presupuestarios plasmados en la presente Ordenanza.
Artículo 16º: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de Enero de 2023.
Artículo 17º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 083/2022.C.D.-
¡Las citas doctorales están vacías!
¡Las citas jurisprudenciales están vacías!
Esta norma no tiene archivos adjuntos
Ver Adjuntos |