Norma Número 135/96

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIGENTE DEROGADA

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

ADJUDICA en venta al Radio Club Allen una fracción del terreno de N.C. 04-1-C-516-12. ESTABLECE el valor. FIJA plazo de construcción.

Texto de la Norma

Allen, 28 de Noviembre de 1996

Allen, 28 de Noviembre de 1996.-

 

 

VISTO:

La Nota presentada por el Radio Club Allen, por la cual solicita a la Municipalidad de Allen un terreno para construir la Sede de la Institución; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la misma posee la necesidad de contar con un espacio físico para desarrollar sus actividades sociales, culturales, servicios de Radio Comunicación a la sociedad y colaborar con Defensa Civil, desde su especialidad;

Que solicitan el terreno designado como parte de la quinta 048 Sección C;

Que el Poder Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos - Departamento Catastro informa que no existe inconveniente en acceder a lo solicitado;

Que el Concejo Deliberante mediante Ordenanza Municipal Nº 091/96 desafecta el espacio verde designado catastralmente 04-1-C-516-12, pasándolo de Bien Público a Bien Privado Municipal;

Que la Municipalidad de Allen, tiene el deber de promover y proteger la calidad de vida de la población;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 28-11-96, según consta en Acta Nº 324, se aprobó el

pertinente proyecto;

 

POR ELLO:

 

             El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1º: ADJUDICASE en venta, a Radio Club Allen, Personería Jurídica Nº 1224, una fracción del terreno Nomenclatura Catastral 04-1-C-516-12, de 15 (quince) metros de frente por 25 (veinticinco) metros de fondo y 375 mts2. (trescientos setenta y cinco metros cuadrados) de superficie, cuyo lindero Oeste será la Parcela 11 (once) de la Manzana 516 (quinientos dieciséis) y su lindero Este el Predio adjudicado a la Comisión Central Organizadora, teniendo como único fin la presente adjudicación en venta la construcción de su Sede.

Artículo 2º: ESTABLECESE el valor del terreno adjudicado en venta según el Artículo 1º de la presente Ordenanza Municipal, en la cantidad de pesos Mil trescientos treinta y seis con cincuenta centavos ($ 1.336,50), cifra que surge del valor fijado por la Delegación de Rentas de la Ciudad de Allen, el que asciende a pesos tres con cincuenta y seis centavos ($ 3,56) el metro cuadrado.

Artículo 3º: ESTABLECESE que los gastos que surgirán del respectivo plano de mensura a ejecutarse, estarán a cargo de la Institución adjudicataria: Radio Club Allen.

 

Artículo 4º: ESTABLECESE que la citada Institución tendrá un plazo de un ( 1 ) año, a partir de la aprobación del plano de Mensura para comenzar la Obra Edilicia y un plazo de tres (3) años para la culminación de la misma. Caso contrario y cumplido dichos plazos; se retrotraerá el dominio pleno del lote, a favor del Municipio, perdiendo el adjudicatario todo derecho a reclamo.

Artículo 5º: DESIGNASE al Departamento de Catastro dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos Poder Ejecutivo Municipal, como responsable de la realización de todas las tramitaciones y diligencias que sean necesarias para la concreción del objeto de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo 6º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,

archívese.

 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 135/96.C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Res.1522/96
Derogada por O.M. 147/98.

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