Norma Número 1794/2021

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: RESOLUCIÓN AD-REFERÉNDUM

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

RATIFICA el convenio celebrado entre la Municipalidad de Allen, el Instituto Municipal de Vivienda y Urbanismo (I.M.U.Vi.), y la “Asociación 24”. INCORPORA al patrimonio municipal la cantidad de 2 (DOS) Has, en el margen oeste de la parcela identificada como 04-1-B-004-09.

Texto de la Norma

Resolución Municipal N° 1794/2021

Allen, 17 de noviembre de 2021.-

VISTO:

La Ordenanza Municipal N° 070/2021 C.D.; Resolución Municipal N° 1763/ 2021, ratificatoria del convenio entre la Municipalidad de Allen y los loteadores; la Ordenanza Municipal Nº 069/2020 C.D.; y la Resolución N° 02/2021 I.M.U.Vi.;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza Municipal se autorizó en excepción a las normas en vigencia del plan rector al cambio de uso de suelo sobre los inmuebles individualizados como 04-1-B-004-08 y 04-1-B-004-09, propiedad de los Sres. Gonzalo Francisco García, Natalia Manuela García, Josefina García y Adriana Esther Bezich;

Que, en razón de ello se torna operativo el Art. 17, Punto 17 de la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D. (Plan Rector), reglamentado por Resolución Municipal N° 0101/018, que establece la participación municipal (PM) en las plusvalías generadas por decisiones administrativas referidas al uso del suelo;

Que los Sres. Gonzalo Francisco García, Natalia Manuela García, Josefina García y Adriana Esther Bezich han presentado en la Secretaría de Planeamiento autorización para lotear entregando el pertinente anteproyecto;

Que, por nota de fecha 02 de noviembre de 2021 los loteadores solicitan a la Sra. Intendente Municipal se reúna la Comisión de determinación de Plusvalía;

Que, en razón de dicha solicitud se ha conformado el expediente administrativo N° 01/2021 “García Gonzalo y Otros s/ Determinación de Plusvalía Municipal”;

Que, en fecha 12 de noviembre de 2021 se reúnen los integrantes de la Comisión;

Que, mediante Acta de la Comisión de Determinación de Plusvalía se han considerado las variables establecidas en la Resolución Municipal Nº 0101/2018 y luego de un exhaustivo análisis e intercambio de opiniones técnicas que hacen a la experticia de cada miembro, determinaron, por unanimidad, el valor de la plusvalía generada (en adelante P.G.) y el 30% de participación municipal (en adelante P.M.) en dicha P.G;

Que, los loteadores en su carácter de obligados al pago de la P.M., ofrecieron abonar la misma mediante la cesión de 2 Has. en el margen oeste de la parcela identificada como 04-1-B-004-09, conforme Anexo I que se adjunta al presente, tomando a su cuenta y riesgo la mensura de fraccionamiento;

Que, la Comisión eleva a la Sra. Intendente Municipal el expediente administrativo 01/2021 caratulado “García Gonzalo y Otros s/ Determinación de Plusvalía” a los fines de que se expida sobre el ofrecimiento formulado por los loteadores;

Que la Sra. Intendente Municipal acepta el ofrecimiento formulado por los loteadores, suscribiendo el pertinente acuerdo con los Sres. Gonzalo Francisco García, Natalia Manuela García, Josefina García y Adriana Esther Bezich, todo lo cual es ratificado por Resolución Municipal Nº 1763/2021;

Que, asimismo, mediante convenio suscripto entre la Municipalidad de Allen, el IMUVI y la “Asociación 24” la Municipalidad cede a la ASOCIACIÓN dos (2) Has, en el margen oeste de la parcela identificada como 04-1-B-004- 09;

Que la ASOCIACIÓN se compromete a adjudicar a sus socios los lotes resultantes, solo cuando se haya cancelado el precio pactado en la cesión, de modo de no detraer garantías patrimoniales a la obligación contraída;

Que, el convenio también es suscripto por los asociados miembros de la ASOCIACIÓN, para lo cual prestan su consentimiento, asumiendo la condición de fiador principal pagador de la deuda contraía por la ASOCIACIÓN;

Que, la Carta Orgánica Municipal establece en el Art. 28 que corresponde al Concejo Deliberante: “(…) Adquirir, enajenar, gravar y en general, disponer de los Bienes Municipales”;

Que, el convenio suscripto por las partes, lo es bajo condición de aprobación por parte del Concejo Deliberante;

Que, en fecha 12 de noviembre de 2021 los miembros de la “Asociación 24”, presentan a la Sra. Intendente nota solicitando se le dé premura a la gestión de los tramites tendientes a la incorporación del bien al patrimonio municipal y a la autorización al Poder Ejecutivo para la cesión a la “ASOCIACIÓN 24”;

Que, el tratamiento de la presente, así como su aprobación resulta de urgencia en tanto su demora – considerando los plazos establecidos para el procedimiento normal de sanción de las normas - podría ocasionar la frustración del convenio, afectando gravemente los derechos de los asociados que han conformado la primera asociación destinada al cumplimiento de fines previstos por el IMUVI;

Que, el Art. 38, Inciso t), de la Carta Orgánica Municipal dispone que es atribución del Intendente Municipal “(…) Dictar resoluciones sobre materia de competencia del Concejo Deliberante en caso de necesidad y urgencia o de amenaza grave e inminente ad referéndum de dicho Cuerpo”;

POR ELLO:

La Señora Intendente Municipal de la ciudad de Allen Ad-Referéndum del Concejo Deliberante

RESUELVE:

Artículo 1º: RATIFICAR el convenio celebrado entre la Municipalidad de Allen, el Instituto Municipal de Vivienda y Urbanismo (I.M.U.Vi.), y la “Asociación 24”, de fecha 12 de noviembre de 2021, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2º: INCORPORAR al patrimonio municipal la cantidad de 2 (DOS) Has, en el margen oeste de la parcela identificada como 04-1-B-004-09, conforme croquis que se acompaña como anexo a la presente Resolución Ad Referéndum.

Artículo 3º: AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a ceder de manera onerosa a la “ASOCIACIÓN 24” la cantidad de 2 (DOS) Has, en el margen oeste de la parcela identificada como 04-1-B-004-09.

Artículo 4º: FACULTAR a la Municipalidad a suscribir la pertinente escritura traslativa de dominio y a realizar cuanto acto jurídico sea necesario para la efectiva incorporación de dicho bien al patrimonio municipal.

Artículo 5º: La presente será refrendada por los Secretarios que componen el Gabinete Municipal.

Artículo 6º: COMUNÍQUESE. Cumplido, archívese.-



Resolución Municipal Nº 1794 /2021 – Ad Referéndum del Concejo Deliberante.


Citas


Citas Doctorales

¡Las citas doctorales están vacías!


Citas Jurisprudenciales

¡Las citas jurisprudenciales están vacías!


Comentarios

¡El comentario está vacío!

Fechas

Descriptores que posee esta norma

DESARROLLO URBANO

Adjuntos

Esta norma no tiene archivos adjuntos

Ver Adjuntos |

Ver las normas relacionadas | Ver Adjuntos | Amigable a la Impresión | Principal