Norma Número 112/20

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

AUTORIZA por Vía de Excepción a la Ordenanza Municipal Nº 086/2016.C.D., - Plan Rector de la Ciudad de Allen, Capítulo X – Condiciones Particulares de las Áreas y Zonas – Subsección 6 – Condiciones Particulares para la Zona Barrios Parque X.7, al Sr. José Luis Iglesias, para la construcción de emprendimiento de dos (2) dúplex en el Lote N.C. 04-1-C-737-06 de doscientos cincuenta metros cuadrados (250m²), de su propiedad, según Plano 1 y Plano 2 que como Anexo I forman parte de la presente.

Texto de la Norma

Allen, 11 de Diciembre de 2020.-



VISTO:


La Nota presentada por el Sr. José Luis Iglesias - DNI 14.530.292; y


CONSIDERANDO:


Que mediante la misma solicita por vía de excepción a las normativas vigentes del Plan Rector de la ciudad de Allen, construir un emprendimiento de más de un departamento en el Lote N.C. 04-1-C-737-06, de doscientos cincuenta metros cuadrados (250m²), de su propiedad, ubicado en la calle Río Negro entre calles Quesnel e Italia, “Loteo Fernando”;

Que conforme a la Ordenanza Municipal Nº 086/2016.C.D., Plan Rector de la Ciudad de Allen, Capítulo X – Condiciones Particulares de las Áreas y Zonas – Subsección 6 – Condiciones Particulares para la Zona Barrios Parque X.7, solamente se admite viviendas unifamiliares;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-12-2020, según consta en Acta Nº 1372 se aprobó el pertinente Proyecto;


POR ELLO:


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


Artículo 1º: AUTORÍZASE por vía de excepción a la Ordenanza Municipal Nº 086/2016.C.D., - Plan Rector de la Ciudad de Allen, Capítulo X – Condiciones Particulares de las Áreas y Zonas – Subsección 6 – Condiciones Particulares para la Zona Barrios Parque X.7, al Sr. José Luis Iglesias - DNI 14.530.292, para la construcción de emprendimiento de dos (2) duplex en el Lote N.C. 04-1-C-737-06 de doscientos cincuenta metros cuadrados (250m²), de su propiedad, según Plano 1 y Plano 2 que como Anexo I forman parte de la presente.

Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.



ORDENANZA MUNICIPAL Nº 112/2020.C.D.-



O.M. N° 112/2020.C.D.



Citas


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Citas Jurisprudenciales

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