El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: VIGENTE
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 05 de Diciembre de 2019.-
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Cintia Carolina Cabrera – DNI 31.765.382; y
Que mediante la misma solicita ser reconocida como Ocupante del lote N.C. 04-1-B-272-18, ubicado en el Barrio Vidriera;
Que según informe obrante en el Expediente, la Sra. Cabrera reside en el lugar con sus dos hijos hace más de un año;
Que mediante Ordenanza Municipal Nº 096/10.C.D. se reconocen como Ocupantes a los jefes/as de familia de la Manzana 272 del Barrio Vidriera, detallando en el Anexo l de la misma, los lotes resultantes del croquis de amanzanamiento remitido por el Poder Ejecutivo Municipal, quedando el Lote 18 de la manzana 272 identificado catastralmente, sin reconocimiento;
Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado, según consta en Acta Nº 141/19 de la Comisión de Planeamiento y Desarrollo Urbano, siendo imprescindible proceder a solucionar la problemática situación habitacional en el sector;
Que dicho reconocimiento será al sólo efecto de la conexión de los servicios domiciliarios;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 05-12-19, según consta en Acta Nº 1332, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: RECONÓCESE a la Sra. Cintia Carolina Cabrera - DNI 31.765.382 como Ocupante del lote N.C. 04-1-B-272-18 ubicado en el Barrio Vidriera, hasta tanto se cuente con la mensura que permita la adjudicación definitiva, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2º: MODIFÍCASE el Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 096/10.C.D., que quedará redactado de la siguiente manera: "N.C. 04-1-B-272-18: Cintia Carolina Cabrera DNI 31.765.382" por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 3º: ESTABLÉCESE que el reconocimiento de ocupación es al sólo efecto de conectar los servicios domiciliarios correspondientes a la zona.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 109/2019.C.D.-
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