Norma Número 005/99B
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Declara Estado de Emergencia Administrativa, Financiera y Económica hasta el 31-12-00. Suspende la realización de horas extras. Establece limitaciones a compras, adquisiciones y transferencias.
Texto de la Norma
Allen, 23 de Diciembre de 1999.
VISTO:
La necesidad de implementar medidas que permitan
ordenar definitivamente las cuentas del Estado Municipal, ten
dientes a mejorar la situación financiera; y
CONSIDERANDO:
Que la situación de emergencia económico, finan-
ciera y administrativa en que se encuentra inmersa la Munici-
palidad de Allen, requiere se implementen medidas que tiendan a ordenar la misma a la brevedad;
Que para poner en práctica las medidas se reali- zará previamente un análisis minucioso del estado financiero,
para determinar el endeudamiento del Municipio, según su ti- po, antig'fcedad, monto, control de expedientes que dieron ori- gen a los gastos que a la fecha permanezcan impagos, etc.;
Que se atacarán los problemas de fondo que lle-
varon al Municipio a la actual situación, modificando la po- lítica de recaudación, atención al contribuyente, prestación de los servicios, organización administrativa, estricto con-
trol de las erogaciones y transparencia de cada acto de go-
bierno;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Delibe-
rante, celebrada el 23-12-99, según consta en Acta N° 474,
se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: DECLARASE en el ámbito del Municipio de Allen
el Estado de Emergencia Económica, Financiera
y Administrativa hasta el 31 de Diciembre del
año 2.000.
Durante ese plazo se define como objetivo prio-
ritario de la acción de gobierno, el ajuste fi-
nanciero y Reforma del Estado Municipal.
Artículo 2°: SUSPENDASE durante el transcurso del ejercicio
presupuestario 2.000, la realización de horas
extras. En caso de necesidad y para garantizar
la prestación de los servicios esenciales a car-
go del Municipio, se autorizarán en forma expre-
sa la realización de horas extras.
Artículo 3°: ESTABLECESE que las contrataciones, adquisicio-
nes, compras y transferencias a realizarse a par
tir del Presupuesto 2.000 deberán tener como ob-
jeto el desarrollo comunal, por lo que se dará
especial preponderancia a proveedores locales,
siendo este condicionante de especial relevancia
a la hora de compulsar adquisiciones a realizar.
En las compulsas a realizarse se optará por co-
mercios locales con precios mayores hasta un 5%
en el valor de la operación.
Artículo 4°: FACULTASE al Poder Ejecutivo Municipal, a orga-
nizar un régimen unificado de todas las cuentas
oficiales existentes, como así también a utili-
zar hasta un noventa por ciento del saldo del
mencionado fondo, para atender las obligaciones
de pago del Tesoro Municipal.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 005/99.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por R.M. 007/00.
Fechas
- Fecha sanción:
23 / 12 /
1999
- Fecha promulgación:
3 / 1 /
2000
- Fecha publicación:
3 / 1 /
2000
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
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