Norma Número 050/19

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Establece valor de U.S.A.M. hasta 31-12-19, según valor 1 (un) litro de Nafta Especial YPF del día 12-08-19.

Texto de la Norma

Allen, 15 de Agosto de 2019.-


VISTO:



Las Ordenanzas Municipales N° 075/09.C.D. y N° 004/17.C.D.; y


CONSIDERANDO:


Que el Art. 3° de la Ordenanza Municipal N° 075/09.C.D. restablece el valor de la Unidad de Sanción Municipal equivalente al valor de un litro de nafta especial, de acuerdo a los importes publicados por la Empresa YPF;

Que es necesario en la situación actual fijar el tope del valor del litro de nafta especial, por esta vez en el precio del mismo en fecha 12-08-2019;

Que este tope no afectará la aplicación de la Ordenanza N° 004/17.C.D., por cuanto estaríamos restringiendo el funcionamiento normal de las contrataciones;

Que la actual situación económica que afecta a la comunidad en general, dificulta a los vecinos mantener al día los pagos de sus obligaciones;

Que el valor de los combustibles afectados por la inestabilidad cambiaria, ha tenido significativos incrementos que dificultan aun más el complimiento de obligaciones de los vecinos;

Que toda norma debe contener intrínsecamente validez y eficacia, las que dependen de su posibilidad de ejecución;

Que al ser los valores estipulados demasiado elevados ante la situación general actual que afecta a la población en general, se hace sumamente dificultoso el cobro de las multas;

Que las sanciones impuestas a las faltas deben producir efectos que persuadan al transgresor, pero a la vez ser posible de ser cumplidas;

Que se estima de sano criterio adaptar los montos de las sanciones pecuniarias al ámbito de su posible ejecutoriedad, sin que ello implique desnaturalizar la función correctora de la sanción;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 15-08-19, según consta en Acta Nº 1316, se aprobó el pertinente Proyecto;


POR ELLO:



El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


Artículo 1°: ESTABLECESE que el valor de la Unidad de Sanción Municipal (U.S.A.M.) hasta el 31-12-2019, será equivalente al valor de un litro de Nafta Especial (súper), de acuerdo a los importes publicados por la Empresa YPF, al valor del día 12-08-2019.

Artículo 2°: La presente no será aplicada a la Ordenanza Municipal N° 004/17.C.D.

Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-




ORDENANZA MUNICIPAL Nº 050/2019.C.D.-

O.M. N° 050/2019.C.D.



Citas


Citas Doctorales

¡Las citas doctorales están vacías!


Citas Jurisprudenciales

¡Las citas jurisprudenciales están vacías!


Comentarios

Promulgada por Resolución Municipal N° 1414/19.

Fechas

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