El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: NO VIGENTE DEROGADA
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 28 de Febrero de 2.019.
VISTO:
La Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Allen;
La Ley 2431 que fija el Régimen Electoral de Provincia de Río Negro; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 94° de la Carta Orgánica Municipal establece el procedimiento para la conformación de la Junta Electoral Municipal;
Que por corrimiento de su integración según Ordenanza Municipal N° 002/2015.C.D., correspondía ocupar el cargo de Miembro Titular al suplente que ocupaba el 3° lugar en dicha Ordenanza;
Que resultó infructuosa la notificación y ubicación en reiteradas oportunidades del 3° Miembro Suplente, según consta en Expediente N° 003/15.C.D.;
Que se hace indispensable el nombramiento de un nuevo miembro Titular, debido al año electoral que transcurre, a fin de dar cumplimiento a las normas en vigencia y a lo establecido en nuestra Carta Orgánica Municipal en su Preámbulo: “…con el objeto de institucionalizar nuestra forma de gobierno, …asegurando un orden justo e igualitario dentro del sistema democrático…”;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 28-02-19, según consta en Acta Nº 1296, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: DESÍGNASE como Miembro Titular de la Junta Electoral Municipal a María Laura Barrientos - DNI 28.559.431, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001/2019.C.D.
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