Norma Número 018/18

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

CONDONA deuda de Tasas Retributivas a la NC. 04-1-C-412-19-F000. Sr. Domingo Quiñelaf Pichuman.

Texto de la Norma

Allen, 17 de Mayo de 2.018.



VISTO:


La Nota presentada por el Sr. Domingo Quiñelaf Pichuman; y


CONSIDERANDO:


Que mediante la misma, solicita condonación de la deuda que mantiene en concepto de Tasas Retributivas correspondiente a la NC. 04-1-C-412-19-F000;

Que la situación socio-económica del Señor Quiñelaf Pichuman, quien cuenta solamente con el ingreso de su jubilación cuyo monto es el mínimo establecido por Ley, no le permite afrontar el pago de la deuda generada, lo que le impide acogerse a beneficios establecidos en normativas legales en vigencia;

Que su hija con discapacidad, se halla encuadrada en los beneficios establecidos en la Ley Provincial Nº 24.901, Régimen de Promoción Integral de las Personas Discapacitadas, no percibiendo a la fecha la pensión correspondiente;

Que una vez entrada en vigencia la presente normativa legal, el Sr. Quiñelaf Pichuman podrá realizar ante el Poder Ejecutivo Municipal, los trámites atinentes para acogerse en los alcances de la Ordenanza Municipal Nº 053/14.C.D. que modifica la Ordenanza Municipal Nº 006/13.C.D.;

Que el Artículo 76º de la Carta Orgánica Municipal, en uno de sus párrafos expresa: “…las excenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia…”;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 17-05-18, según consta en Acta Nº 1264, se aprobó el pertinente Proyecto;



POR ELLO:


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


Artículo 1º: CONDONASE la deuda existente de Tasas Municipales, en concepto de Tasas Retributivas correspondiente a la NC. 04-1-C-412-19-F000 a su responsable tributario Sr. Domingo Quiñelaf Pichuman, DNI 92.326.628, hasta el momento de la efectiva entrada en vigencia de la presente norma legal, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.




ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018/2018.C.D.


O.M. N° 018/2018.C.D.



Citas


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