Norma Número 160/99

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. OBJETO CUMPLIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Homologa convenio celebrado entre el Municipio y el Sr. Antonio Huaiquil, Pastor Titular de la Misión Iglesia del Señor, F.D.C. 723, P.J.C. 7421.

Texto de la Norma

Allen, 2 de Diciembre de 1999.




VISTO:


La Nota N° 087/99 del Poder Ejecutivo Municipal;
y


CONSIDERANDO:

Que mediante la misma adjunta convenio de regu-
larización de deuda suscripto entre el Municipio y el Pastor
titular de la Misión Iglesia del Señor del Barrio El Progre-
so;
Que se procedió según lo establecido en la Orde-
nanza Municipal N° 063/95;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 2-12-99, según consta en Acta N° 470, se aprobó el pertinente proyecto;


POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

ORDENANZA


Artículo 1°: HOMOLOGASE el Convenio celebrado entre la Muni-
cipalidad de Allen, representada por el Sr. In-
tendente Municipal Dr. Hernán F. Otero por una
parte, y por la otra el Sr. Antonio Huaiquil,
pastor titular de la Misión Iglesia del Señor
del Barrio El Progreso de nuestra Ciudad, F.D.C.
723 P.J.C. - 7421.
Artículo 2°: Forma parte integrante el Convenio (1) Anexo,
que se Homologa en el Artículo 1° de la presen-
te Ordenanza Municipal.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 160/99.C.D.-

En la Ciudad de Allen, Provincia de Río Negro, a los 29 días del mes de Octubre de 1999, entre la Municipalidad de Allen, representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Hernán Felipe Otero, por una parte y por la otra el Sr. Antonio Huaiquil, pastor Titular de la Misión Iglesia del Señor del Barrio El Progreso, P.C.D. 723 P.J.C. - 7421, conviene en celebrar el presente convenio y sujetarlo a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: Las partes convienen de común acuerdo la regularización de la deuda que mantiene el Templo de dicha Misión, ubicado en la calle Nicolás Tarifa N° 1269 del Barrio el Progreso que prestan servicios a la comunidad en un todo de acuerdo a lo normado por la Ordenanza Municipal N° 063/95. SEGUNDA: El servicio que presta la Misión es el préstamo del templo mencionado a fin de facilitar el accionar del Municipio en la elaboración y servicio de alimentos a niños y adultos residentes en el Barrio El Progreso, según el informe prestado por la Dirección de Acción Social. TERCERA: La regularización de las deudas que mantiene la Misión respecto del inmueble en el que esta asentado el templo en cuestión, designado catastralmente como C-274-04-023 por el periodo 2 del 95 a 6 del 99 y que asciende a un total de $ 471,29 (Pesos cuatrocientos setenta y uno con veintinueve centavos), será compensada con los servicios prestados desde el mes de Mayo a la fecho y los que la Misión se compromete a prestar hasta el 10 de Diciembre 1999 .- CUARTA: Las partes fijan sus domicilios en: Municipalidad de Allen, Libertad y Sarmiento, Pastor Huiquil en la calle Nicolás Tarifa N° 1355 ambos de la ciudad de Allen, donde se tendrá por validas todas las notificaciones Judiciales y extrajudiciales que surjan del presente sometiéndose a los Tribunales Ordinarios de las Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de General Roca, renunciando a cualquier otro fuero. QUINTA: El presente se remitirá al Consejo Deliberante a los efectos de su homologación de acuerdo a lo normado en la Ordenanza arriba mencionada.
En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



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