El alcance de esta norma es general.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: NO VIGENTE DEROGADA
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 8 de Marzo de 2.018.
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 023/14.C.D., mediante la cual se otorga un Fondo Permanente a la Presidencia del Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO:
Que el monto asignado en la misma asciende a la suma de Pesos diez mil ($ 10.000);
Que dicho Fondo es otorgado a la Presidencia del Concejo Deliberante, quien tiene el deber y la facultad, de atender los gastos cotidianos, como así también proveer de la mejor manera posible el desempaño de la labor legislativa de dicho Cuerpo;
Que la regulación, disposición y utilización de dicho Fondo está normado mediante Resolución Municipal Nº 058/17;
Que dicho aporte es indispensable aún para la obtención de aquellos elementos menores para un mejor desempeño y desarrollo de la labor administrativa;
Que el importe otorgado por la Ordenanza mencionada en el visto, hace imposible cumplir con el normal desenvolvimiento de la administración de este Concejo Deliberante, resultando hoy insuficiente;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 8/03/18, según consta en Acta Nº 1256, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: DEROGASE la Ordenanza Municipal Nº 023/2014.C.D.
Artículo 2º: ESTABLECESE un Fondo Permanente asignado a Presidencia del Concejo Deliberante equivalente a la suma de Pesos Quince Mil (15.000)
Artículo 3º: Dicho Fondo deberá ser provisto por la Secretaría de Hacienda en forma inmediata a la vigencia de la presente Ordenanza.
Artículo 4º: El reintegro de las rendiciones efectuadas oportunamente y en forma correcta, deberá efectuarse dentro de las cuarenta y ocho horas subsiguientes.
Artículo 5º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001/2018.C.D.
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