Norma Número 102/01

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Condona deuda a la Cooperadora del Hospital "Elena F. de Ramasco", parcela NC. B-639-03-000, desde el 6º bimestre del 2000 hasta el 6º bimestre del 2001 inclusive. Exime del pago de Impuesto Municipales por el período que va desde la condonación y hasta el 31/05 del 2002.

Texto de la Norma

Allen, 13 de Diciembre de 2001.


VISTO:

La Nota presentada por la Asociación Cooperadora
F. de Ramasco- Hospital Allen,
La Ordenanza Municipal N° 057/00; y

CONSIDERANDO:

Que por la misma, dicha Cooperadora solicita la condonación de la deuda por Servicios Retributivos correspon-dientes al inmueble de la calle Cerro Otto N° 780, Nomenclatu- ra Catastral 04-1-B-639-03;
Que manifiestan que el inmueble ha sido donado a la Cooperadora por la Srta. María Elena Arthur, quien se en-cuentra internada en el Hogar de Ancianos desde hace cuatro
años, asimismo que el inmueble pertenecía a la Srta. Eleonor
Arthur hermana fallecida de la Srta. María Elena, por lo que actualmente se encuentran tramitando la sucesión correspondie
n te;
Que de acuerdo al trámite sucesorio iniciado, el
inmueble pasaría al dominio de la Cooperadora, de quien sus
actividades, fines y objetivos son reconocidos en nuestra com
u nidad, puesto que los mismos se caracterizan por su alto con- tenido de solidaridad social, de ayuda al prójimo y al más necesitado;
Que según Ordenanza Municipal N° 057/00 se con-dona dicha deuda y se exime del tributo a la Nomenclatura Ca-
tastral B-639-03-000 hasta el 31 de Marzo de 2.001;
Que en una nueva nota la Asociación Cooperadora
F. de Ramascoinforma que debido al atraso en la tra-
mitación de la sucesión, la cual ya se encuentra en sus últi-mas instancias, solicita una prórroga de seis (6) meses para
culminar con los trámites iniciados;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 13-12-01, según consta en Acta N° 568, se aprobó
el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1°
: CONDONASE la deuda de la Nomenclatura Catastral
B-639-03-000 desde el 6° (sexto) bimestre del año
2.000 y hasta el 6° (sexto) bimestre del año 2001
inclusive.
Artículo 2°: EXIMASE de la tributación de los conceptos imposi
tivos municipales correspondientes al Artículo 1°
a la Nomenclatura Catastral B-639-03-000 por el
período que va desde la condonación del Artículo
anterior hasta el 31 de Mayo del año 2.002
inclusive.
Artículo 3°: La Condonación del Artículo 1° y la eximisión del
Artículo 2° de la presente, carecerán de efecto
alguno, si al 31 de Mayo del año 2.002 el inmue-
ble de la Nomenclatura Catastral B-639-03-000 no
se encuentra inscripto en el Registro de la Pro-
piedad Inmueble a nombre de la Cooperadora
na F. de Ramasco- Hospital de Allen y las deu-
das impositivas municipales de la Nomenclatura
Catastral B-639-03-000 continuarán vigentes, con
sus correspondientes intereses y actualizaciones.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 102/01.C.D.-



Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

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