Norma Número 1382/16

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: RESOLUCIONES P.E.M.

Estado: NO VIG. OBJETO CUMPLIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Resolución Municipal Ad Referendum del C.D. APRUEBA el incremento y/o creación de partidas del Cálculo de Recursos y el refuerzo de las partidas presupuestarias del Presupuesto de Gastos y Financiamiento Neto obrantes en los Anexos I, II y III.

Texto de la Norma


Allen,3 de Noviembre de 2016.




VISTO:

La Ordenanza Municipal N° 01/2015 del Concejo Deliberante, promulgada por Resolución Municipal N° 62/15 del Poder Ejecutivo Municipal mediante la cual se aprobó el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Allen para el Ejercicio año 2016 y la Ordenanza Municipal N° 091/94; y


CONSIDERANDO:

Que al momento de confeccionar el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2016, los Ingresos por Coparticipación de impuestos Provinciales y Nacionales, Regalías Petrolíferas y Gasíferas y Regalías 6,5 Municipios Productores se estimaron realizando una proyección al 31/12/2015, sobre la información del total que ingresó en Septiembre de 2015 por dichos conceptos.


Que se ha celebrado un Acuerdo entre el Gobierno de la Provincia de Rio Negro y la Municipalidad de Allen, ratificado mediante Resolución Ad-Referéndum N° 1268/2016 de fecha 17 de Octubre de 2016 en el marco del Programa Acuerdo para el Nuevo Federalismo según Artículo 1º del Decreto N° 406 del 24 de Febrero de 2016.


Que como consecuencia el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires han suscripto con fecha 18 de Mayo de 2016 un convenio por el que se establece la devolución escalonada y progresiva a estas últimas del quince por ciento (15%) de la Coparticipación que se les retiene desde 1992, durante los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 a razón de tres (3) puntos porcentuales por año calendario.


Que a raíz de que la devolución correspondiente al año 2016 se hizo desde el mes de Agosto, el retroactivo de Enero a Julio inclusive se abonará en cinco (05) cuotas a liquidar en Planilla complementaria.

Que, asimismo, el Acuerdo citado prevé un préstamo a favor de las Provincias y de la ciudad Autónoma de Buenos Aires con recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino, de libre disponibilidad.


Que en nuestra provincia, se ha coparticipado también el préstamo, art. 4 ley 5112, a los municipios, correspondiéndole para el Ejercicio 2016 al Municipio de Allen la suma de Pesos Dos Millones Ochocientos Quince Mil Seiscientos Treinta y Siete 00/100 ($ 2.815.637,00), debiéndose crear la Partida correspondiente en el Financiamiento Neto.


Que se deben incrementar las Partidas de Recursos correspondientes a Coparticipación de Impuestos Provinciales y Nacionales, Regalías Petrolíferas y Gasíferas y Regalías 6,5 Municipios Productores ya que las mismas excederán lo presupuestado, tomando el importe informado por la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Río Negro.


Que entonces corresponde reforzar el Presupuesto de Gastos a los efectos de alcanzar los objetivos planteados para este año, garantizar el normal y habitual funcionamiento del Estado Municipal y la efectiva prestación de los servicios públicos, hacer frente a los compromisos asumidos y dar continuidad a los distintos programas proyectados para el corriente año.


Que en la valoración de las partidas de gastos a reforzar se ha tenido en cuenta el incremento de los valores de los distintos insumos y materiales necesarios para la prestación de servicios y el funcionamiento del Municipio, al igual que el costo de los salarios y demás bienes en un porcentaje mayor al estimado y proyectado en el año anterior.


Que por ello, las sumas recibidas en concepto de reajuste de coparticipación se distribuyen entre las partidas de gastos corrientes, siendo expresa voluntad de este poder que las recibidas en concepto de préstamo se apliquen sobre partidas que incrementen el patrimonio municipal, en particular, la de Vehículos y Equipos.


Que la Ordenanza Municipal N° 091/94 establece el Régimen de Administración Financiera y Control.


Que el Título IV Artículo 27° inciso d) de la Ordenanza Municipal N° 091/94 autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a efectuar al mismo los ajustes que crea convenientes.


Que la Ordenanza Municipal N° 091/94 que instrumenta el Régimen de Administración Financiera y control en el Artículo 6º inciso b) determina que la Secretaría de Hacienda será el órgano rector del sistema presupuestario Municipal, compitiéndole el dictado de normas técnicas para la formación, programación y evaluación del Presupuesto.

Que en la tarea de incrementar y/o crear las Partidas del Cálculo de Recursos y Financiamiento 2016 y reforzar las Partidas del Presupuesto de Gastos 2016, se ha aplicado el principio presupuestario de Flexibilidad para que el presupuesto no adolezca de rigideces que le impidan constituirse en un eficaz instrumento de administración, de gobierno y de programación.



POR ELLO:


La Señora Secretaria de Legal y Técnica a cargo de la Intendencia de la Municipalidad de la Ciudad de Allen AD-Referéndum del Concejo Deliberante



R E S U E L V E:



ARTICULO 1º: APROBAR el incremento y/o creación de partidas del Cálculo de Recursos y el refuerzo de las partidas presupuestarias del Presupuesto de Gastos y Financiamiento Neto obrantes en los Anexos I, II y III.

ARTÍCULO 2º: Los Anexos I (02 hojas), II (01 hoja) y III (01 hoja), que se adjuntan, forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 3º: La presente será refrendada por todos los Secretarios que componen el Gabinete Municipal.


ARTÍCULO 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.”-----------------------------------


ANEXO I: PRESUPUESTO DE GASTOS.----------------------------





















Citas


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